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También cumplirá dos penas de 300 días de presidio por los delitos de lesiones menos graves en contra de la madre de la víctima y por amenazas en contexto de VIF. Del mismo modo deberá pagar una indemnización por concepto de daño moral.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena condenó hoy domingo a David Espinoza a la pena efectiva de 5 años de presidio, en calidad de autor del delito consumado de lesiones graves en contexto de violencia intrafamiliar (VIF) en contra de su conviviente, Daniela Reyes. Ilícito perpetrado en febrero de 2017, en el sector de Las Compañías.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por las magistradas Eugenia Gorichón, Paola Cortés y Jimena Pérez– aplicó, además, a Espinoza la inhabilitación absoluta para derechos políticos y cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.

Asimismo, deberá cumplir dos penas de 300 días de presidio y la prohibición  de acercarse a las víctimas, como autor de los delitos consumados de lesiones menos graves y amenazas no condicionales en contexto de violencia intrafamiliar. Ilícitos cometidos en contra de María Espejo y Nicolás Valdivia, madre y hermano de la pareja del condenado.

En el aspecto civil, el tribunal condenó al demandado a pagar a María Espejo una indemnización única y total de $20.000.000, por concepto de daño moral, ocasionado por el delito de lesiones graves en contexto de violencia intrafamiliar, en contra de su hija.



HECHOS ACREDITADOS

 

El caso Daniela Reyes es uno de los más dolorosos que se recuerden en la Región  de Coquimbo. En este sentido el tribunal dio por establecido, que en horas de la tarde del 26 de febrero de 2017, al interior del inmueble ubicado en Las Compañías, en La Serena, luego de una discusión surgida entre David Espinoza y su conviviente de 17 años de edad, Daniela Reyes el acusado la agredió en diversas partes del cuerpo. A consecuencia la víctima resultó con lesiones de diversas consideraciones.

A raíz de los gritos concurrió al domicilio, la madre de Reyes quien intentó, sin éxito, rescatar a su hija siendo empujada y agredida por el acusado. Hasta el inmueble también llegó el hermano quien increpó al acusado originándose una riña entre ambos. Una vez finalizada Espinoza amenazó a Nicolás Valdivia exhibiéndole un objeto que tenía apariencia de un arma de fuego.

A pesar que Daniela Reyes fue trasladada hasta el Hospital San Juan de Dios de La Serena, falleció al día siguiente, lo que provocó un dolor irreparable en su entorno familiar.

LARGA  BÚSQUEDA DE JUSTICIA

Pero, llegar a la audiencia del juicio oral y su posterior lectura de sentencia fue un proceso largo. Esto principalmente  porque la defensa del acusado solicitó tiempo para realizar sus propias pericias, sumado a los retrasos debido a la pandemia de covid-19.

A pesar que los querellantes buscaban demostrar que la muerte de la joven no se produjo por envenenamiento por consumo de sustancias tóxicas, sino por los golpes que fueron propinados a Daniela, esta no fue validada.

Al término de la entrega del veredicto el pasado martes 16 de marzo, el abogado querellante Pedro Orthusteguy indicó que “el Tribunal acreditó el delito de femicidio, pero no podía condenar porque había un error formal del Ministerio Público en la formalización, donde no se agregó que Daniela había fallecido producto de los golpes. Eso no señaló, y por eso es que finalmente el Tribunal condena por el delito de lesiones graves, menos graves en contra de su madre y amenazas en contra de su hermano”.

Tras la lectura de la sentencia, la parte querellante tendrá la posibilidad de analizar si recurrir o no a la Corte Suprema mediante el recurso de nulidad.

 

 

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