A comienzo de este año se instaló en el debate público la discusión en torno a la libertad condicional, a propósito de una medida de la comisión de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que significó un incremento en su otorgamiento. En tal contexto surgió en la opinión pública el planteamiento en torno a la necesidad de revisar los requisitos que al día de hoy permiten concederlo.

Esos planteamientos hoy se instalan en la discusión parlamentaria. Esta semana se avanzó en el Congreso con el proyecto que eleva los requisitos para optar a la libertad condicional, derecho establecido en favor de los condenados y que forma parte del ordenamiento jurídico  en el decreto ley 321 del año 1925.

La libertad condicional de cada interno/a postulante es evaluada por comisiones que funcionan en cada una de las Cortes de Apelaciones del país y los requisitos son: el haber cumplido la mitad de la condena, conducta intachable en el establecimiento penal, haber aprendido un oficio y asistir a la escuela del establecimiento.  El proceso se realiza en los meses de abril y octubre de cada año; sin embargo, antes de concederla debe haber un informe de Gendarmería de Chile para señalar si se cumplieron los requisitos establecidos.

A lo largo de los años este beneficio ha sufrido modificaciones y el proyecto que se discute en la Cámara de Diputados busca que a la hora de postular se cuente con un informe favorable de reinserción social, el cual será elaborado por un equipo del establecimiento penitenciario que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia y contar con los antecedentes sociales y las características de personalidad de la persona condenada. También se establece que la Comisión deberá considerar la gravedad del delito por el cual fue condenada y la extensión del mal causado.

Es importante destacar que por 7 votos contra 5 se aprobó la iniciativa de parlamentarios de la Nueva Mayoría, que impide que personas condenadas por la ley 20.357 por delitos de lesa humanidad, entre el 11 de septiembre y el 10 de marzo de 1990 puedan optar a la libertad condicional.

Sin duda este derecho es muy beneficioso para el proceso de reinserción social, pero es evidente que necesita un ajuste de acuerdo a los nuevos tiempos y contextos que vive nuestra sociedad.

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