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Desde el Departamento de Migraciones y Policía Internacional de La Serena explican que sólo personas que cumplen penas entre tres años y un día y cinco años pueden optar a este beneficio. Además informaron que los expulsados han disminuido en el último año debido al cierre de las fronteras en el marco de la pandemia.

Bastante difusión pública tuvo la expulsión este miércoles de seis extranjeros que cumplían condena en el Centro Penitenciario de Huachalalume. Se trata de seis bolivianos, cuatro hombres y dos mujeres, los que fueron trasladados por los detectives hasta el límite con el país vecino.

Pero este hecho no ha sido el único, ya que desde 2020 a lo que va del presente año, 36 las personas han sido expulsadas de la Región de Coquimbo por estar relacionadas con hechos delictuales.

En ese contexto, el subprefecto Germán Cerda, jefe del Departamento de Migraciones y Policía Internacional de La Serena, en conversación con diario El Día, detalló que “el año pasado fueron expulsadas 25 personas y hasta el momento van 11 durante el año 2021 a nivel regional”.

El detective señaló que “la Policía de Investigaciones, por mandato de la ley de extranjería es la institución encargada del control de ingreso y egreso de personas a nivel país. Además, está la misión de fiscalizar la residencia de los extranjeros en el país; por lo tanto, le corresponde materializar las expulsiones que decrete el Poder Judicial o la autoridad administrativa. En el caso que se desarrolló el miércoles, esto obedece a sentencias en el marco de la Ley 20.000, sobre drogas y estupefacientes que fueron dictadas por el Tribunal en lo Penal de La Serena y el Juzgado de Garantía de esta ciudad, respectivamente”, acotó.

Una vez que se concretan estas sentencias, el extranjero es dejado en la frontera, y no puede hacer ingreso al país por un período de 10 años. “Las expulsiones administrativas son las que decreta la autoridad correspondiente, anteriormente la Intendencia y ahora la Delegación Presidencial”, señaló Cerda.

 

Distintos tipos de sentencias

En el caso de las personas que son condenadas entre tres años y un día y cinco años de presidio, se les puede aplicar lo señalado en el Artículo 34 de la Ley 18.216, que establece la expulsión del territorio nacional. “Ahora bien, si esa pena es superior a cinco años y un día, ahí ya no puede optar a ese beneficio, si así lo desea la persona involucrada. Por lo tanto, quedan en libertad, pero de acuerdo a las leyes de su país”, añadió el jefe del Departamento de Migraciones y Policía Internacional de La Serena.

Respecto del desarrollo de este fenómeno, la autoridad policial señaló que “ha habido una baja en la cantidad de personas expulsadas, y eso responde precisamente al cierre de fronteras. Además, materializar una expulsión es más difícil que en un tiempo de normalidad, ya que el ministro de Relaciones Exteriores de Chile debe tomar contacto con su par del país en cuestión. Debe solicitar formalmente la apertura de las fronteras para un determinado día, con el objetivo de materializar la expulsión del territorio nacional. No es llegar y llevarse a un extranjero a la frontera, ya que este debe ser un trámite administrativo llevado a cabo por la Cancillería”.

 En esa línea, el detective indicó que “para poder cumplir con estas labores, es fundamental el apoyo de la ciudadanía. Nosotros constantemente estamos realizando fiscalizaciones de extranjeros en nuestra comuna para verificar la situación migratoria, como también nos cerciorarnos de que esa persona no esté siendo vulnerada y sus derechos no sean atropellados. Nos aseguramos que tengan todas las garantías que se deben”, señaló la autoridad policial.

 

¿Expulsión o deportación?

El jefe del Departamento de Migraciones y Policía Internacional de La Serena también explicó la diferencia entre ambos conceptos.

“En el caso de la deportación, se refiere a cuando un tribunal extranjero requiere a una persona. Por tanto, realiza un requerimiento a Interpol, que materializa la notificación y la detención del ciudadano en cuestión, en base al requerimiento internacional, que primero debe pasar por la Corte Suprema para ser visado. Es muy diferente a la expulsión”, concluyó.

 

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