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David Espinoza se encontraba con arresto domiciliario nocturno, lo que fue apelado por el Ministerio Público, que está pronto a finalizar indagatorias.

La Corte de Apelaciones de La Serena acogió el recurso presentado por la Fiscalía, revocando la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno para David Espinoza, imputado por los delitos de lesiones menos graves, amenazas no condicionadas y lesiones graves en el contexto de violencia intrafamiliar.

El caso surge a raíz de una querella criminal, presentada por la familia de Daniela Reyes (expareja de Espinoza), quien falleció en 2017 a raíz de un edema pulmonar, presuntamente originado, en parte, por los golpes que el hombre propinó a la joven horas antes de su muerte.

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Con la decisión del tribunal de alzada se dio lugar a los requerimientos del Ministerio Público de dictar la medida de prisión preventiva al imputado, debido a la multiplicidad de delitos, fijando un plazo de investigación de 100 días, en los que deberán hacer nuevas diligencias para esclarecer los hechos.

El fiscal Juan Pablo Torrejón indicó que las nuevas diligencias serían “diminutas”, ya que la causa “tiene una data antigua”, por lo que las indagatorias estarían muy avanzadas.

El caso cumple dos años, tiempo en el cual se presentaron dificultades para dar con el paradero de Espinoza, quien llegó bajo apercibimiento a su formalización, luego de no presentarse a tres audiencias. Además, según informes de Carabineros al Juzgado de Garantía, no habría estado cumpliendo con su arresto domiciliario nocturno.

María Espejo, madre de la víctima, manifestó en entrevista con El Día que esperan llegar a comprobar un femicidio, mientras que su abogado, Ramiro Moya, indicó que para llegar a esa instancia se debe resolver la “duda razonable”, en términos jurídicos, sobre la causa de muerte de Daniela.

En un principio el caso fue tomado como una muerte por envenenamiento, sin embargo, nuevos exámenes confirmaron la presencia de medicamentos suministrados en la atención médica, pero no otras sustancias.

 

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