• La directora nacional de Fronteras y Límites, Ximena Fuentes Torrijo, es Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Chile y Doctora en Filosofía de la Universidad de Oxford, Inglaterra.
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La agente explica que Chile argumenta que el Río Silala es un curso de agua internacional sin desvíos artificiales de agua, lo que legitima el uso de las aguas por parte de nuestro país sin que Bolivia le cobre por ello. En este caso, de acuerdo a la experta, se debe aplicar la regla del uso equitativo, para que el río pueda beneficiar a ambos países.

El viernes 23 de noviembre, la Corte Internacional de Justicia de La Haya notificó a los gobiernos de Chile y Bolivia que el juicio por el uso de las aguas del Río Silala continuará con su fase escrita, luego que los agentes de ambos países, Ximena Fuentes Torrijo en representación de Chile y Eduardo Rodríguez Veltzé en representación de Bolivia, presentaran sus argumentos ante el tribunal, el pasado 17 de octubre.

Este juicio fue iniciado en 2016 por el gobierno de Chile como demandante por el uso de las aguas de este río, que Bolivia considera como un manantial que habría sido desviado artificialmente por Chile. Chile presentó su memoria el 3 de julio de 2017, mientras que Bolivia debía presentar la contramemoria (respuesta) el 3 de julio de 2018 y pidió un plazo de dos meses extra, que la Corte le concedió, por lo que presentó su contramemoria el 3 de septiembre.

En esta instancia, Chile planteó que no necesitaba una segunda oportunidad para presentar alegaciones escritas, mientras que Bolivia presentó una contrademanda, considerada por el gobierno chileno como una reelaboración innecesaria de su defensa.

La agente chilena ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya participó del Cuarto Conversatorio en Derecho Internacional “El Asunto del Río Silala. La Demanda de Chile ante la Corte Internacional de Justicia”, organizado por la Facultad de Ciencias Sociales y Económicas y la Escuela de Derecho de la Universidad Católica del Norte Sede Coquimbo.

Ximena Fuentes expresa que “nosotros estamos preparados para cualquiera de estos dos escenarios (…) estamos totalmente disponibles para presentar un escrito respondiendo a la contrademanda de Bolivia.  Creemos que ya lo hicimos en nuestra memoria, que cubre todos los temas, pero si la Corte quiere que hagamos alguna clarificación, estamos disponibles a hacerla”.

USO EQUITATIVO DE LAS AGUAS

Fuentes explica que la solicitud del Gobierno de Chile a la Corte Internacional de La Haya, en función de la negativa del gobierno boliviano a considerar el carácter internacional del río Silala, es que se declare a este curso de agua como transfronterizo y sujeto a una regla de uso equitativo y razonable, es decir, que ambos países ribereños tienen derecho a usarlo.

De acuerdo a Fuentes, lo que se pide como Estado chileno es que Bolivia, como estado aguas arriba, cumpla una serie de obligaciones con Chile si busca usar el agua, tales como notificar, consultar y someter las actividades productivas a evaluación ambiental.

Por el lado de Bolivia, la postura es que el río Silala no es internacional, pues sus aguas no cruzarían al territorio chileno de forma natural, sino que producto de un supuesto desvío realizado de manera artificial.

Por esta razón, el gobierno del vecino país sostiene que las aguas del Silala están enteramente bajo soberanía, control y autoridad de Bolivia, por lo que Chile no tendría derecho a usarlas.

“Bolivia ha demostrado que no usa el Río Silala, por lo que no demuestra tener una necesidad hídrica”

¿Qué ventajas y desventajas traería para Chile que se declare al Río Silala como internacional?

“Nosotros decimos que es un río internacional, así como hay muchos otros.  El punto es que Bolivia, desde 1999, ha reclamado que Chile no tiene derecho al uso de este río y que su uso es ilegítimo. Es más, incluso ha reclamado que Chile debería pagar por haber usado, sin autorización de Bolivia, las aguas de este río por más de cien años”.

 “Es una frivolidad pensar que la Corte pudiese compensar a Bolivia por el fallo que rechaza la obligación a negociar una salida al mar”

CONSENTIMIENTO PREVIO

Ximena Fuentes explica que, en este y en otros diferendos con Chile sobre cursos de agua y ríos internacionales, Bolivia ha intentado invocar reglas de soberanía absoluta, tanto cuando está aguas arriba como aguas abajo. Ejemplo de ello es el del Río Lauca, en el que Bolivia está aguas abajo y Chile aguas arriba, en el que también Bolivia ha intentado argumentar que Chile debe pedir permiso para su uso, en una regla de consentimiento previo que no existe.

Bolivia aduce que el Río Silala es un manantial. ¿Qué diferencia hay en que se le considere como un río?

“De nuevo, eso es una falacia de Bolivia, porque el Río Silala, como muchos ríos en el norte de Chile y en el Altiplano, son de origen subterráneo.  Eso quiere decir que su fuente es agua subterránea, que surge a la superficie de manera natural y eso se llama manantial. Una vez que el manantial está fluyendo hacia la superficie, esa agua a veces crea ríos, humedales o lagos. En este caso, hay un río, porque la pendiente y la topografía del terreno donde se forma el Silala, es enorme, de 4,3% y va desde Bolivia hacia Chile y esa agua sólo se puede venir hacia Chile producto de la fuerza de gravedad y posteriormente fluye por la pendiente hacia Chile de manera natural”.

Para la Directora de Fronteras y Límites, la tesis de Bolivia de diferenciar entre vertiente y río en el caso del Silala es insostenible, pues como explica, existe una fuente de agua subterránea que surge a la superficie en forma de río.

PROBABLES ESCENARIOS

Frente a la consulta de si la CIJ pudiese entregar una compensación a Bolivia en el Caso Silala luego de la decisión de no obligar a los países a negociar una salida al mar, la experta manifiesta que “la Corte es un tribunal serio, los tribunales no funcionan con ese criterio de entregar un caso a una parte y un caso a la otra”.

En este sentido, Fuentes expresa que no se realizarán compensaciones tan “frívolas” y agrega que no existen relaciones de fondo entre los casos Silala, que califica como de corte científico, pues tiene que atender a evidencias científicas y el de la salida al mar.

La Corte, en este ámbito, debe aplicar la regla de uso equitativo y razonable y podría establecer que Bolivia pueda realizar un uso sustentable de las aguas, siempre y cuando presente un proyecto para ello.6501i

Un río internacional

De acuerdo a la Convención de Naciones Unidas Sobre Cursos de Agua Internacionales, un río internacional se define como “un sistema de aguas superficiales o subterráneas, que fluye hacia el territorio de otro país y hacia un término común”. Por lo tanto, en la medida en que un curso de agua tenga porciones que se encuentre en territorio de dos o más países, se considera como río internacional y por lo tanto, todos los países ribereños tienen derecho a usarlo.

 

 

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