La acción legal había sido presentada por la firma NeoRentas, que construye el centro comercial Paseo Balmaceda, luego que la autoridad regional diera a conocer observaciones técnicas respecto del permiso de edificación del recinto

La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de La Serena, integrada por los ministros Juan Pedro Enrique Shertzer, Humberto Manuel Mondaca y la abogada integrante Elvira Isabel Badilla, decidió rechazar un recurso de protección interpuesto en julio de este año por la empresa NeoRentas, inmobiliaria que actualmente construye el centro comercial Paseo Balmaceda, en contra del seremi de Vivienda, Erwin Miranda.


Este recurso había sido presentado por la compañía luego que en abril de este año, la autoridad regional dictara un oficio (el Ordinario N° 716) en el cual daba a conocer observaciones técnicas y urbanísticas que no se habían revisado cuando se otorgó el permiso de edificación por parte de la Dirección de Obras Municipales (DOM) del municipio de La Serena para la construcción del recinto comercial. Además, solicitaba que la Contraloría revisara estos antecedentes.


Ante esto, NeoRentas consideró que este oficio dictado por Miranda “de manera arbitraria e ilegal revive un acto administrativo previamente dejado sin efecto por esta Corte e interpreta su contenido y alcance, perturbando y transgrediendo con ello los artículos 6, 7, 19 Nº3, Nº21, Nº24 y 76 de la Carta Magna, este último en relación al artículo 1º del Código Orgánico de Tribunales”. En este sentido, solicitaba al tribunal que “haga lugar al arbitrio constitucional deducido y deje sin efecto el indicado Ordinario Nº 716 emitido por el secretario regional ministerial de Vivienda y Urbanismo”.


Esto toda vez que en marzo de 2016 ya la Corte de Apelaciones había fallado a favor de la empresa en otro recurso de protección en el cual se determinó que «el seremi de Vivienda ha actuado excediendo las facultades legales con las que se encuentra investido, dejando sin efecto el Ordinario N° 1889 de 15 de diciembre de 2015 emanado por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo”.

En esa oportunidad, la autoridad regional había solicitado al director de la DOM la paralización de la construcción de estas obras. El argumento que entregó en ese entonces para oponerse a los trabajos era que los trabajos interrumpen la continuidad de Avenida Estadio, arteria que es vista a futuro como una vía alternativa para descongestionar calle Balmaceda.


Sin embargo, esta segunda batalla legal le dio el favor a Miranda, esto porque en fallo emitido con fecha 25 de octubre de este año indica que “por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se resuelve: Que SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección deducido por los recurrentes ya individualizados, en contra del secretario regional ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Coquimbo, don Erwin Miranda Veloz”.


Respecto de este dictamen, la empresa NeoRentas señaló que “sólo se trata de una decisión de primera instancia y no definitiva, que puede ser recurrida ante la Corte Suprema, recurso que está en análisis”, indicó el abogado de Neorentas, Mauricio Tapia.


Por su parte, el seremi de Vivienda declinó referirse al tema pues indicó que aún no había sido notificado de la resolución y que esperaría a analizar los antecedentes.


Cabe destacar que esta batalla legal entre ambas partes está lejos de terminar, pues a principios de octubre NeoRentas interpuso una nueva acción, esta vez una querella en contra del seremi por los delitos de prevaricación administrativa y desacato, “por haberse excedido reiteradamente y de manera maliciosa e ilegal en sus atribuciones como autoridad”. 

 

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