A partir de este martes, y hasta el jueves 27 de octubre, la Comisión de Libertad Condicional analizará 355 solicitudes de internos de la región de Coquimbo en sesiones de la Corte de Apelaciones de La Serena.

Lucía Díaz G

Al igual que en el primer semestre, ocasión donde la comitiva acogió el derecho a 122 reos, y a otros 140 por medio de recursos de amparos, la mañana de este martes, se inició la sesión que durante tres días tendrá la misión de estudiar la petición de 355 personas condenadas, que buscan completar su pena en libertad, siempre y cuando cumplan una serie de requisitos.

En relación a las condiciones para optar al beneficio, el ministro Vicente Hormázabal, presidente de la comisión, comenta que “lo principal es tener buena conducta en los últimos seis meses. También, la Ley exige que hayan hecho cursos o estudios que faciliten su reinserción en la sociedad, por ejemplo en artesanía, gasfitería, mecánica, entre otras cosas”.

En la reunión, que además está integrada por los magistrados del Tribunal Oral de la ciudad Jaime Meza, Juan Carlos Espinosa y María Inés Devoto; y el magistrado del Juzgado de Garantía Carlos Jorquera, “se relata la información que entrega el tribunal de conducta de gendarmería respecto de las situaciones de cada uno de los reos, para que la comisión de estudio determine si se dan o no los requisitos para otorgarle la libertad condicional”, cuenta Hormázabal.

¿Qué sucede cuando es concedida? “Los reos son notificados y posteriormente quedan en libertad. Sin embargo, quedan sujetos a un control domiciliario, de asistencia y del efectivo ejercicio de las labores que exige la normativa como trabajos o estudios”, explica.

Petición de informes más completos

En la comisión realizada en abril pasado, se presentó un gran número de recursos de amparo luego de la determinación de los magistrados. Con la intención de que esto no se vuelva a repetir, Vicente Hormázabal sostiene que “tuvimos reuniones con gendarmería con el objeto de que los informes vengan un poco más completos”.

Y claro, según señala, en la comisión pasada, muchos de los antecedentes de los condenados no estaban completos y la información detallada se aportó una vez planteado el recurso de amparo, en cuanto al historial de cada uno. Por otra parte, aclara que “los delitos más graves requieren dos tercios de la pena y los simples la mitad de la pena cumplida para optar al beneficio”.

¿Reincidencia?

El presidente de la comisión destaca que, hasta la fecha, no existe reincidencia entre quienes obtuvieron el beneficio. Además, enfatiza en que la libertad condicional no extingue ni modifica la duración de la pena, sino que entrega la oportunidad de cumplir con la condena fuera de los penales, con la obligación de firmar una vez a la semana en el centro correspondiente. 6002

¿Quiénes pueden acceder a la libertad condicional?

Personas condenadas a una pena privativa de libertad de más de un año de duración, que cumpla con las siguientes condiciones:

  • Haber cumplido la mitad de la condena.
  • Haber tenido una conducta intachable en el establecimiento penal (2 bimestres)
  • Haber aprendido bien un oficio, si hubiera talleres donde cumple su condena.
  • Haber asistido a la escuela del establecimiento y a las conferencias educativas que se dicten.

 

 

 

 

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