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Se constató el paso del tiempo necesario para la prescripción, transcurrido entre el egreso del demandante de la casa de estudios y la notificación de la demanda.

El Tercer Juzgado de Letras de La Serena acogió la demanda de prescripción por el cobro de deuda de crédito universitario contraída en 1994, presentada por el ciudadano Jaime Mazzei contra la Universidad de La Serena.

En el fallo, la magistrada Cecilia Rojas acogió la demanda fundada en que se constató el paso del tiempo necesario para la prescripción, transcurrido entre el egreso del demandante de la casa de estudios y la notificación de la demanda.

“(…) Entre la fecha que el demandante egresó de la Universidad de La Serena y la de notificación de la presente demanda, ha transcurrido en exceso el plazo de tres y cinco años que establece el artículo 2515 del Código Civil, para la prescripción de las acciones ejecutivas y las acciones ordinarias respectivamente, y tratándose en la especie de la prescripción de la acción emanada de un pagaré, debe aplicarse lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley N° 18.092, que señala que este plazo será de un año contado desde que la obligación se hizo exigible”, sostiene el fallo.

Por ello, concluye: “que se acoge, sin costas, la demanda deducida por don Jaime Mazzei, declarándose prescrita la deuda y las acciones emanadas del pagaré folio 93001698 de 9 de Julio de 1994”. 

 

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