Crédito fotografía: 
Alejandro Pizarro
La iniciativa plantea incorporar la medida precautoria de restitución de inmuebles, en los casos en que los dueños de la propiedad demuestren un comportamiento irresponsable en el pago o en el cuidado de la vivienda por parte del arrendatario. El proyecto ya fue aprobado en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados.

Por Paula Garviso

En el último tiempo, han sido múltiples los casos en que dueños de inmuebles se han visto enfrentados a arrendatarios que no han cumplido con los acuerdos de los contratos. La mayoría de las veces mantienen deudas con la mensualidad y en ocasiones más extremas, han provocado daños y destrozos en las viviendas. Frente a este escenario, los propietarios han vivido serias dificultades para recuperar sus inmuebles.

Teniendo en cuenta esta realidad, el diputado Gonzalo Fuenzalida, miembro de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, presentó un proyecto de ley que  facilita el procedimiento legal para que los propietarios puedan recuperar sus viviendas cuando los arrendatarios no han pagado el arriendo, servicios básicos o han generado algún deterioro. 

Entre los argumentos de la iniciativa, se plantea que el arrendamiento de bienes raíces, siempre ha traído consigo un gran problema que muchas veces se ha invisibilizado, “refiriéndonos a aquellos ciudadanos que no cumplen con sus obligaciones de pagar a tiempo el precio por la utilización de un bien inmueble, utilizarlo para otros fines presupuestados o bien, ocupar la propiedad sin título alguno”. 

TIEMPO VITAL

Una de las principales trabas que se presenta es el tiempo.  “Nuestro proceso judicial, pone a disposición de quienes están sufriendo uno de estos abusos en su propiedad una tramitación “rápida” de en promedio 7 meses para decretar -si procede- el lanzamiento con auxilio de la fuerza pública”.

Por lo que, cada vez que el dueño inicia un procedimiento judicial partiría de la base que se le adeuda el pago de tres o cuatro meses, sumado al tiempo que tarda la operación, da como resultado 12 meses.

“Para un propietario, es la pérdida de un año de arriendo y si este cuenta con un crédito hipotecario, es la posibilidad de perder su inmueble (...) Es importante indicar que la ley 18.101 sobre arrendamiento de predios urbanos se creó por una razón bastante sencilla: proteger a la parte mas débil en la relación contractual, el arrendatario. Sin embargo, esta relación contractual con el tiempo ha ido mutando”, explicó el parlamentario. 

DRAMA DE PROPIETARIOS 

Matías Walker, diputado por la Región de Coquimbo y presidente de la Comisión de Constitución, explicó que la iniciativa “permite establecer como medida precautoria, incluso antes de la sentencia, si es que se acompaña de antecedentes fundados del derecho que se reclama. Es un verdadero drama, para muchos propietarios que han arrendado inmuebles (…) Y que esperan que exista un procedimiento mucho más rápido”. 

En esta línea, agregó que “también se puede aplicar en casos que haya una destrucción del inmueble. Hay casos donde queda tan dañado, que no sirve para el arrendando. Nos parece un proyecto muy importante, esperamos que se ponga en tabla y despacharlo al Senado”. 

“De hecho hay un lema que hemos acompañado con el proyecto que es ‘Devuélveme mi casa’. Hay miles de chilenos que están hace años esperando que le devuelvan sus casas que dieron en arriendo y les tocó un mal arrendatario que además no solo no paga, sino que no quieren devolver el inmueble y este proyecto viene a solucionar aquello”, enfatizó el parlamentario. 

De acuerdo a lo informado en su momento por la Corte Suprema de Justicia, al año se presentan más de 15 mil juicios de arrendamiento y de cada cuatro demandas acompañadas sólo una se judicializa. Se estima que cerca de 60 mil familias dueñas de uno o más inmuebles se ven afectadas económicamente por estos tipos de arrendatarios. 

El proyecto fue aprobado por la Comisión de Constitución y se encuentra en la tabla tentativa de la Sala de la Cámara Baja del día jueves 28 de enero.

 

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