La semana pasada el diputado Juan Manuel Fuenzalida presentó un proyecto de ley que busca modificar la Ley General de Servicios Eléctricos con el fin de poner un plazo fijo para la recepción de este tipo de proyectos. Entre las razones estaría el hecho de que actualmente, la recepción de obras eléctricas toma largos períodos que, entre otras cosas, merma la inversión.
“Hemos presentado un proyecto de ley que viene a dar certeza respecto de los plazos que tienen las empresas de suministro eléctrico para recibir y aprobar los proyectos. No puede ser que las empresas hoy abusen del sistema, ya que actualmente se esperan grandes lapsos de tiempo para que se recepcione un proyecto inmobiliario, agrícola o minero. Por eso, buscamos modificar la ley eléctrica para fijar plazos concretos que deban cumplir las empresas de manera de dar certeza a la obras de inversión que requiere la región”, explicó el parlamentario.
Desde ocho meses hasta dos años
Según fuentes ligadas a la industria, hoy las empresas eléctricas estarían tomando entre ocho meses hasta dos años en recepcionar un proyecto, plazo que puede aumentar si existen observaciones. Según Fuenzalida, el período impide que las iniciativas comiencen a operar dentro de los plazos estipulados por los inversionistas, generando problemas.
Asimismo, y según cifras de la Cámara Chilena de la Construcción (CChC) de La Serena sobre los atrasos de CGE en entrega de proyectos eléctricos, existen a julio 26 proyectos que deben recepcionar obras eléctricas en la Región de Coquimbo, de las cuales solo 11 han sido solucionadas. En tanto, cuatro se encuentran en vías de solución, cuatro se han solucionado pero presentan nuevos problemas, y siete no se han solucionado. Es decir, 16 proyectos presentarían problemas, un 62% del total.
El grueso del proyecto de ley: 20 días de plazo máximo
Con todo, el proyecto de ley establece las bases de la iniciativa. Así, se explica en primera instancia que la regulación no establece plazos para que las empresas eléctricas que se pronuncien sobre las solicitudes de nuevas conexiones. “En efecto, al analizar la regulación sectorial, vemos que existe un plazo de cinco días señalado por la Superintendencia de Servicios Eléctricos para dar respuesta a la solicitud de factibilidad del suministro y a la entrega de informaciones previas para el proyecto, pero al momento de decidir llevar a cabo las obras o trabajos para la conexión al servicio, no existen plazos asociados a este procedimiento, dependiendo de la celeridad del mismo, de lo que disponga la empresa distribuidora para tales efectos”, explican.
Con el dato a la vista, “se enfrenta a un mecanismo que introduce desventajas a los clientes regulados, produciendo incertidumbre en torno a la ejecución de las obras destinadas a la conexión del servicio eléctrico, por lo que dicha situación claramente requiere de un ajuste a nivel legislativo”.
Así, el proyecto de ley agrega un nuevo inciso segundo al artículo 125 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 4 del año 2018 del Ministerio de Economía que fija la Ley General de Servicios Eléctricos con el objeto de establecer un plazo para la aprobación de proyectos que tengan por objeto la explotación de los servicios eléctricos, estableciendo un límite de 20 días hábiles para pronunciarse sobre el requerimiento.