• Las medidas operarán solo para las personas que resultaron con daños durante el temporal.
    Las medidas operarán solo para las personas que resultaron con daños durante el temporal.
Crédito fotografía: 
Andrea Cantillanes
Entre otras medidas se agregan además el beneficiarse de una flexibilidad en los cobros de impuestos adeudados y la entrega de créditos blandos a quienes estén afectados por las contingencias climáticas

El ministerio de Hacienda, en conjunto con el Servicio de Impuestos Internos (SII), la Tesorería General de la República (TGR) y BancoEstado anunciaron un conjunto de medidas para aliviar la situación económica de las personas residentes en las comunas declaradas Zona de Catástrofe a raíz de la emergencia causada por el fuerte temporal que afectó las regiones de Atacama y Coquimbo.

Estas acciones que coordinará la cartera son extraordinarias y beneficiarán exclusivamente a quienes residan en las comunas de las regiones de Atacama y Coquimbo que han sido declaradas Zona de Catástrofe a consecuencia de la emergencia climática y, en algunos casos, a quienes han sido calificados como afectados directos.

En este sentido, el seremi de Economía, Rodrigo Sánchez, recalcó, eso sí, que beneficiarán solo a las personas que han tenido efectos a causa del temporal y no se hacen extensivas a todos los habitantes de la zona.

 

MEDIDAS DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS.

-Actualización del catastro de bienes raíces.  En primer lugar, esta entidad anunció que en el caso de los bienes raíces que hubiesen resultado afectados, los propietarios podrán dirigirse a oficinas del SII y solicitar la Actualización del Catastro de su propiedad siniestrada, con el fin de que se realice una actualización de su Avalúo Fiscal y eventualmente, una reducción de sus cuotas de contribuciones. Las rebajas de avalúo que resulten de dicho proceso se informarán oportunamente a los contribuyentes.

-Pago de contribuciones de Bienes Raíces. Se indicó que se realizarán las coordinaciones necesarias con la Tesorería General de la República, para proceder a la condonación de reajustes e intereses por contribuciones pendientes de pago e incluso hasta la condonación parcial o total de dichos pagos, tratándose de contribuciones correspondientes a los predios afectados por la catástrofe.

-Ampliación del plazo para declarar el IVA (F29) y otros impuestos mensuales (F50). Se posterga la fecha de declaración del IVA, retenciones y pagos provisionales mensuales del mes de abril y mayo de 2017 hasta el 30 de junio en las comunas que se identifican en el decreto de zona de catástrofe. Esta medida no incluye a aquellos contribuyentes cuya casa matriz no se encuentren en la zona de catástrofe.

En todo caso se recuerda la posibilidad que tienen los contribuyentes de menor tamaño de realizar su declaración mensual solicitando la postergación en 2 meses del pago del IVA, trámite que se realiza al momento de efectuar la declaración en el formulario 29.

-Información de pérdida de documentos y de existencias. Se aplicará un procedimiento especial para que los contribuyentes informen oportunamente al SII las pérdidas de existencias en el inventario, así como respecto de la pérdida o inutilización fortuita de los libros de contabilidad y otros documentos tributarios.

-Operación Renta.  A las medidas ya mencionadas se suman las relacionadas con el proceso de Declaración de Renta 2016 y 2017, que son la ampliación del plazo en dos meses para la presentación de Declaraciones Juradas de Renta con vencimiento en mayo y junio de este año; la reprogramación de las citaciones a oficina para revisión del año tributario 2016 en las oficinas del SII de los contribuyentes afectados y la autorización de devoluciones pendientes en un monto a determinar de acuerdo a la revisión respectiva o nivel de riesgo determinado.

-Condonaciones de multas e intereses de impuestos adeudados. Las Direcciones Regionales del SII están instruidas para analizar los antecedentes de los contribuyentes bajo condiciones de catástrofe, para suspender la aplicación de multas e intereses de impuestos adeudados, incluyendo la suspensión de clausuras.

-Beneficios Tributarios a Donaciones. Los beneficios tributarios a los que pueden acogerse las donaciones que se quieran efectuar a las zonas afectadas deben considerar la normativa contenida en las Circulares N° 19, de 2010, que regulan las donaciones que se efectúen con ocasión de catástrofe o calamidad pública, al Estado, a personas naturales o jurídicas de derecho público o fundaciones o corporaciones de derecho privado, entre otras.

 

MEDIDAS DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Para todas las comunas que sean declaradas bajo decreto presidencial como zonas afectadas por la catástrofe, la Tesorería General de la República (TGR) considera las siguientes medidas:

-Suspensión de acciones de cobro.

-Condonación de recargos legales para predios ubicados en aquellas comunas (impuesto territorial) y contribuyentes con domicilio en dicha zona (impuestos fiscales), con los siguientes porcentajes:

• 100% pago contado (total o parcial)

• 90% convenio total

• 85% convenio parcial

-Facultar a los Tesoreros Regionales y Provinciales para otorgar convenios especiales (más flexibles en cuanto al monto del pie y cuotas).

 

MEDIDAS BANCOESTADO

-Postergación de pago de cuotas de créditos comerciales e hipotecarios. En el caso de personas naturales –o clientes personas-, la postergación de cuotas de créditos de consumo permitirá prorrogar hasta 3 cuotas –créditos vigentes al 11 de mayo-, y en créditos hipotecarios hasta 5 dividendos –vigentes al mes de mayo-. Para ambos tipos de créditos no se aplicarán intereses adicionales. El beneficio podrá ser solicitado sólo de manera presencial hasta el 14 de julio de este año.

Para los clientes de Micro y Pequeñas Empresas, la postergación de cuotas permitirá prorrogar hasta 5 cuotas en créditos comerciales -vigentes al 11 de mayo-, y en los créditos hipotecarios –vigentes al mes de mayo- tendrán la opción de postergar hasta 5 dividendos. En ambos casos sin la aplicación de intereses adicionales. Estos beneficios también deben ser solicitados de manera presencial hasta el 14 de julio de este año.

-Línea especial de créditos preferenciales. Los clientes de BancoEstado podrán acudir a las oficinas de la entidad financiera ubicadas en las comunas declaradas Zona de Catástrofe a solicitar créditos comerciales con una tasa preferencial de 0,33%, a un plazo de hasta 36 meses y con un período de gracia, en el caso de clientes personas de hasta 6 meses, y en el caso de clientes de Micro y Pequeñas Empresas, de hasta 12 meses.

En este caso, los clientes personas podrán optar a un monto de hasta $ 2 millones; los microempresarios hasta $ 3 millones; y los pequeños empresarios hasta $ 5 millones.3701i

 

 

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