• Weisner señala que el texto de la iniciativa no está claro y que no se han previsto todas las inquietudes que ahora plantean los productores. FOTO LAUTARO CARMONA
    Weisner señala que el texto de la iniciativa no está claro y que no se han previsto todas las inquietudes que ahora plantean los productores. FOTO LAUTARO CARMONA
El profesional ha estado trabajando con agricultores de Atacama, Coquimbo y Valparaíso para analizar las implicancias que tendrá esta iniciativa impulsada por un grupo de senadores. Señala que sus aprensiones son ciertas y que, de aprobarse estos cambios propuestos, se afectará la propiedad de los mismos

Desde hace unos meses que entre los productores agrícolas ronda la preocupación en torno a una reforma en el artículo 23 de la Constitución propuesta en la Comisión Especial de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía del Senado, integrada por los senadores regionales Adriana Muños y Jorge Pizarro. Esta modificación, según señalan, podría cambiar la actual forma de administración de los derechos de agua e incluso, advierten, podría propiciar la expropiación de derechos.

Precisamente esta situación fue la que convocó a más de un centenar de agricultores de las regiones de Atacama, Coquimbo y Valparaíso en la ciudad de La Serena hace algunos días, oportunidad en la que discutieron los alcances de esta normativa y convocaron a un abogado experto en la materia para explicar las implicancias que tendría.

En efecto, Rodrigo Weisner validó las aprensiones que tienen los productores respecto a este tema e indicó que tienen razones para estar preocupados, pues en la normativa no se establece que estos derechos de agua no podrán ser expropiados, ni tampoco se fijan las razones del por qué se quiere realizar esta modificación.

-En cuanto a la Reforma Constitucional del Agua, hay algunas aprensiones respecto a que estos cambios en la normativa podrían generar algún tipo de expropiación. ¿Esto sería efectivo?

“La posibilidad de hacer expropiación de derechos de agua existe, ha existido y va a seguir existiendo y en eso el Código de Aguas, la Constitución Política, y la ley de expropiaciones nunca ha impedido que se haga. Si hay una localidad que no tiene agua y el Estado quiere hacer un sistema de agua potable rural y no hay derechos de agua disponibles, puede expropiar los que sean necesarios para abastecer a la población. La ventaja que tiene la expropiación para el expropiado, es que le tienen que pagar el valor de mercado, no el avalúo agrícola como cuando se hizo la expropiación en la reforma agraria. Esas son las reglas del juego y quien ha adquirido y ha hecho inversión siempre lo ha tenido claro”.

-Pero entonces ¿qué cambiaría con esta nueva normativa?

“Acá lo que está en juego es otra cosa, lo que se está haciendo con una reforma constitucional es crear un sistema de derechos temporales y eso genera temores en la gente. Primero porque rompe una tradición y Chile se ha forjado con derechos de aprovechamiento inscritos con propiedad y a perpetuidad. Nunca a un dueño de terreno se le cuestionó que tuviera su derecho de agua y eso por primera vez se está tratando de cambiar.

“La segunda pregunta que surge es lo que se quiere lograr con este cambio. Está bien, revisemos la tradición, hagamos algo distinto a lo que se ha hecho siempre, pero al pregunta es qué problema quiero solucionar con eso. Acá no está identificado ni el problema que quiero solucionar ni cómo voy a solucionar ese problema”.

-Además que existen temores porque la tierra pierde su valor sin agua…

“Se afecta mi propiedad, porque yo tengo certeza. Si por ejemplo, quiero un crédito voy a ir al banco y me va a decir, ok, le presto plata, pero si usted no me paga necesito una garantía. Si no tengo esos derechos de agua, esa garantía ya no me sirve. Lo otro que también es una legítima duda es que este derecho temporal, que constitucionalmente se está diciendo, es temporal sujeto a que, es decir, quiere decir que me va a durar un tiempo y después qué, me lo van a otorgar, va a quedar a la discreción del funcionario de turno que me lo otorguen o no”.

-Pero los senadores han recalcado que no se aplicará esta medida a quienes ya tengan derechos constituidos…

“Ellos dicen que por supuesto que no, pero el proyecto de reforma constitucional no dice nada que no se expropiarán los derechos de agua. Que lo digan expresamente, pero en el proyecto que está en el Congreso no dice absolutamente nada de que ‘solo regirán a los derechos de aprovechamiento que existan a futuro de la entrada en vigencia de esta reforma constitucional’. Entonces, queda sujeto a la interpretación. Uno podrá decir, no, no es retroactivo, pero otro que sí lo es. Yo diría que ese es el primer problema que genera mucho ruido”.

“Una de las reformas constitucionales dice ‘declárese de utilidad pública para efectos de expropiación todos los derechos de aprovechamiento de agua’. Entonces, cuando se les ha preguntado a los senadores para qué es esto, señalan que es porque si el Estado quiere expropiar puede hacerlo”

-Claro, pero ellos dicen que se utilizaría en casos, por ejemplo, de sequía extrema…

“La reforma constitucional dice solo lo que yo acabo de decir. Dicen que es en caso de sequía extrema, ya, pero en Chile el tenor literal de la ley se respeta, y si yo tengo una reforma constitucional que dice declárese de utilidad pública todos los derechos de aprovechamiento cambia. Con la ley actualmente vigente si llega el Estado y me dice que me va a expropiar mis derechos de agua, porque va a construir un APR, no hay nada que hacer, porque son las reglas del juego, pero si dice que me lo va a expropiar porque no es bueno que yo lo tenga y prefiere que lo tenga otro, yo con la actual constitución puedo decir, momentito, acá no hay una utilidad pública y por lo tanto puede cuestionar el acto expropiatorio Ahora, si yo tengo una reforma constitucional que dice declárese de utilidad pública todos los derechos de aprovechamiento, se me acabó el argumento”.

-Es decir, en base a lo que usted plantea, las expropiaciones podrían realizarse por cualquier razón…

“Si, por la razón que al Estado se le ocurra, por la razón que al gobierno de turno se le ocurra”.

-¿Falta una visión técnica del tema?, porque quienes están detrás son senadores, que se manejan más bien en aspectos políticos

“Yo asumo que ellos se han asesorado. Efectivamente el tema de aguas es un tema político, por cierto, pero también es un tema técnico, de la ingeniería civil, de la geografía, de los abogados, de muchas disciplinas. Entonces, yo parto de la base de que los senadores que firmaron ese proyecto se asesoraron con alguien para decir que van a hacer este cambio. Ahora, más allá de que se hayan asesorado o no, yo imagino que advirtieron todas estas cosas que uno está diciendo. Si asumieron que querían declarar todos los derechos de aprovechamiento de utilidad pública para que el Estado pueda expropiar sin tener que justificar, transparentémoslo, pero yo discrepo y tendremos dos opiniones, que se pueden llamar políticas, jurídicas, pero son distintas”.

-¿Es un error a su juicio entonces?

“Creo que no es bueno que el Estado declare de utilidad pública y más encima constitucionalmente cierto tipo de bienes, porque el día de mañana pueden decir bueno, el agua es importante y la vivienda también es importante, entonces, declaremos de utilidad pública el derecho de propiedad y si el Estado me quiere expropiar una casa para construir una calle hoy lo puede hacer, pero si lo quiere hacer para entregarle mi casa al vecino se me acabó el argumento. Creo que es un camino que no tenemos experiencia e Chile, que no es bueno y que es peligroso”.

-Tendrían asidero entonces las aprensiones de los regantes, es decir, sí podrían arriesgarse a una expropiación…

“Por supuesto, porque si dice que se declara de utilidad pública los derechos de agua y que es por extrema sequía, perdón, pero para eso no necesitan modificar la Constitución, no necesitan modificar la ley, no necesitan hacer ningún reglamento. Si hay una sequía y el Estado necesita dotar de recursos a un sector va y expropia y le tiene que pagar al dueño, pero te expropiará para pescar esa agua y entregársela a las personas que necesiten abastecerse de la población. Pero lo que hace esa norma es impedir que no lo hagan para otras cosas. Con esta reforma constitucional justamente le quitan ese muro”. 3701i

 

RECUADRO

¿NEGOCIO DEL AGUA?

-Otro de los argumentos de los senadores es que se ha creado un negocio del agua que pretenden frenar. ¿Existe tal cosa?

“Es así y la pregunta es ¿cuál es el problema? Hay un negocio del agua, sí, hay un negocio de las tierras, sí, hay un negocio de las casas, cierto. Pero ese es el sistema económico que tenemos en Chile, cuando dicen que hay un negocio detrás del agua dan a entender como que eso por sí mismo es un problema. Yo voy, invierto, compro un pozo, compro derechos, lo compro a 10 y lo vendo a 12. Sí, es así y cuál es el problema. Si me dicen que no se puede especular con el agua porque es un bien básico, pero pasa lo mismo con la tierra”.

-Pero se quiere evitar eso…

“Si alguien quiere decir que no quiere que existan más negocios relacionados con el agua que lo diga, claramente, perfecto, pero tendríamos que preguntarnos si no hay negocio en la minería, en la agricultura, en la celulosa, a la hidroeléctrica, a todo. El 60% del PIB de Chile depende del agua como insumo productivo, somos un país que básicamente nos desarrollamos y vivimos gracias a la explotación de recursos naturales y commodities y eso requiere agua. Ahora, queremos cambiar eso, yo creo que sería un error, pero los que quieran hacer eso que lo digan, para que la gente pueda tomar decisiones, pero tengamos esa visión transparente”.

 

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