• Los trabajos que estaba desarrollando esta empresa quedaron inconclusos por lo que ahora el MOP deberá licitar el 40% restante de la carretera que no está terminado. FOTO LAUTARO CARMONA
    Los trabajos que estaba desarrollando esta empresa quedaron inconclusos por lo que ahora el MOP deberá licitar el 40% restante de la carretera que no está terminado. FOTO LAUTARO CARMONA
En primera instancia, el 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió la demanda de un grupo de afectados a los que esta firma les adeuda sueldos e imposiciones, tras dejar abandonadas obras de la carretera entre Juntas del Toro y Puente Camarones el 2015

En agosto de 2015, El Día informaba que la empresa Constructora Branex S.A, había dejado abandonadas las obras de construcción de los primeros 15 kilómetros de la Ruta 41 CH, en el tramo Juntas del Toro y Puente Camarones, que se había adjudicado en abril de 2013 por un monto de 10.305 millones de pesos, dejando a un grupo de más de 160 trabajadores con salarios, imposiciones y finiquitos impagos.

Tras el incidente, los afectados comenzaron a realizar gestiones para conseguir la cancelación de esta deuda a través de las autoridades del ministerio de Obras Públicas (mandante del proyecto) y otras instancias. Al no conseguir una respuesta, varios de ellos decidieron tomar acciones legales.

Fue así que en abril pasado un grupo de 14 de ellos ingresó una demanda laboral ante el 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en contra de la compañía y el Fisco de Chile, con el fin de exigir el cumplimiento de sus obligaciones laborales. Según se detalla en el documento, lo solicitado al tribunal fue la declaración de  la existencia de un régimen de subcontratación entre las  demandadas,  así como injustificado el término de las relaciones laborales, y que, en tal virtud, se condenara solidaria o subsidiariamente a las demandadas al pago de las remuneraciones pendientes con las indemnizaciones correspondientes.

De esta forma, el requerimiento de estos afectados tuvo resultados positivos, pues en una sentencia con fecha 26 de septiembre de 2016, el tribunal dictaminó que “se da lugar a la demanda interpuesta por los actores en contra de Empresa Constructora Branex Limitada, y se declara, en consecuencia, injustificado el término de los servicios, condenándose a la demandada al pago de las prestaciones adeudadas con las indemnizaciones correspondientes”.

A su vez, indica el escrito, “hace lugar a la demanda interpuesta por los actores en contra de Fisco de Chile, como empresa principal en régimen de subcontratación, condenándosele al pago de las prestaciones señaladas en el punto anterior, de forma solidaria”. Esto es muy importante, pues se establece que se podrá perseguir el pago de las obligaciones indistintamente del empleador directo (contratista o subcontratista) o del MOP (Fisco).

Gustavo Menéndez, abogado que representó a este grupo de trabajadores explica que “lo que ocurrió es que se otorgó la solidaridad, lo que quiere decir en términos simples que, si la empresa no tiene los fondos para pagar, quien paga solidariamente es el Estado”.

De todas maneras, advierte que se trata de un proceso que es preliminar, es una primera instancia, porque todavía el Consejo de Defensa del Estado tiene la posibilidad de solicitar la nulidad de la sentencia en la Corte de Apelaciones de Santiago. “Tenemos que esperar 5 días hábiles para ver si esta entidad decide interponer los recursos que ellos estimen pertinentes, pero puede que no interpongan nada, de hecho, en situaciones similares con este mismo caso de Branex, no ha interpuesto recurso”. De no efectuarse este trámite, indica el profesional “tendría que el Estado hacerse parte del pago”.

De acuerdo a la información dada a conocer por el abogado, la deuda de esta empresa con los demandantes superaría los 200 millones de pesos, que corresponderían a sueldos impagos, cotizaciones, feriados proporcionales, feriados legales, seguro de cesantía y una serie de prestaciones laborales. “De hecho a ellos no les pagan desde mayo de 2015, nunca se les expendió un finiquito. Ellos nunca fueron despedidos, ni notificados formalmente del despido, solo se les informó que la empresa Branex estaba siendo liquidada forzosamente en Santiago”, puntualiza.

En efecto, cabe destacar que  paralelamente a esta demanda, se inició un procedimiento concursal a través Ley 20.720 de Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas (antigua ley de quiebras) en contra de Empresa Constructora Branex Limitada, seguido ante el 13° Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago, donde con fecha 10 de marzo de 2016 se dictó la respectiva resolución de liquidación. A la fecha, se sabe que en este procedimiento no existen activos para poder pagar las obligaciones adeudadas a los trabajadores.

Consultada al respecto, la seremi de Obras Públicas, Mirtha Meléndez, señala que luego del abandono de las obras, quedaron recursos pendientes tanto de estados de pago que fueron retenidos a la empresa como de obras por las que no se le canceló, además de la boleta de garantía. “Pero como esta empresa se declaró en quiebra, el síndico que lleva adelante este proceso será el que deberá pagar a los trabajadores los sueldos e imposiciones adeudadas, pues es el que administra todas las platas que quedaron a favor de esta firma por parte del MOP”.

Como ministerio de Obras Públicas, dice, tuvieron que depositar las garantías, retenciones y todo lo que les pidió el síndico de quiebras y será él el que deberá pagar “porque él debe hacerse cargo de la cancelación a los acreedores, pero la primera prioridad debe ser siempre el pago de sueldos e imposiciones”.

Por su parte, el diputado Sergio Gahona, quien estuvo acompañando a los trabajadores en este proceso e incluso logró una reunión de los mismos con el ministro de Obras Públicas, Alberto Undurraga hace algunos meses, manifestó su satisfacción por el fallo. “Es una muy buena noticia que en esta primera instancia se haya ganado el juicio laboral y que se esté condenando al Fisco, en este caso al MOP, a cancelar de manera solidaria las remuneraciones pendientes e indemnizaciones a los trabajadores a los que les adeuda Branex por una obra adjudicada por este ministerio”.

A juicio del parlamentario, esto marca una jurisprudencia relevante “en el sentido de que declara al Fisco como mandante de este tipo de proyectos y no solo subsidiario, por lo que en el futuro se puede resguardar que cuando estas empresas abandonen este tipo de obras afectando a los trabajadores, sea el MOP el que asuma las consecuencias que sufren”, puntualizó el legislador.  3701i

 

 

NUEVA LICITACIÓN

Cabe destacar que la empresa Branex S.A dejó abandonadas las obras de construcción de esta carretera cuando estas alcanzaban sólo un 60%, por lo cual el MOP deberá llevar a cabo una nueva licitación para culminar el tramo restante.

Respecto del avance de este proceso, la seremi de Obras Públicas, Mirtha Meléndez, manifestó que “ya tenemos todos los antecedentes y como es un contrato nacional, se están preparando todos los antecedentes para licitarlo antes de fines de este año, para que esté adjudicada durante el primer trimestre de 2017”, indicó.

 

LO QUE HAY QUE SABER

  • En julio de 2015 la empresa Branex S.A dejó abandonadas las obras de construcción de los primeros 15 kilómetros de la Ruta 41 CH, en el tramo Juntas del Toro y Puente Camarones, con un 60% de avance.
  • Con su retiro, la empresa dejó a más de una decena de empresas locales que prestaban sus servicios en el proyecto sin la cancelación de los mismos, así como también a más de 160 trabajadores sin el pago de sueldos e imposiciones.
  • Durante varios meses los afectados han buscado la cancelación de lo adeudado, algunos con gestiones con las autoridades, otros vía legal.
  • En marzo de este año se decretó la liquidación de esta empresa. Se estima que no contaría con los activos necesarios para cancelar las deudas que mantiene con acreedores y trabajadores, que asciende a más de 2 mil millones de pesos.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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