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Javiera Sánchez
En una audiencia que se extendió por más de cinco horas en el Juzgado de Garantía de Coquimbo fue formalizado el Capitán de Carabineros de la Segunda Comisaría de Coquimbo, Ricardo Luengo por dos hechos ocurridos durante los primeros días del estallidos social donde habría cometido una serie de ilícitos, entre ellos el de torturas y apremios ilegítimos. La defensa por su parte sostuvo que la investigación estuvo sesgada y recurrirán a la Corte de Apelaciones para revertir el fallo que consideran desproporcionado.

La jornada del martes el Ministerio Público formalizó a un Capitán de Carabineros por dos hechos ocurridos el 20 y 22 de octubre, primeros días del estallido social, donde el imputado habría abusado de su cargo y cometido una serie de delitos por los que habría quedado en prisión preventiva.

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Se trató de la segunda fecha de audiencia fijada por el tribunal, ya que en primera instancia, estipulada para el 24 de diciembre del 2019, el imputado Ricardo Luengo se excusó presentando una licencia médica.

La formalización la llevó el Fiscal Adjunto de La Serena, Germán Calquín junto a tres partes querellantes, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) y dos querellantes para las víctimas de los dos hechos. Por otro lado el acusado se presentó junto a su abogada privada, Fabiola García.

Octubre 2019

El 20 de octubre del 2019 en calle Aldunate de Coquimbo cerca de las 14 horas, a un día que iniciara la crisis social en la región de Coquimbo, Jonathan M. de 28 años, junto a su pareja Francisca A., fueron detenidos por Carabineros de la Segunda  Comisaría, por estar grabando con su celular donde supuestamente habría increpado a los policías, instancia donde el imputado habría disparado su arma anti disturbios calibre 12 de perdigones de goma impactando en el costado derecho de su tórax.

El joven habría sido trasladado a la Segunda Comisaría donde no le habrían prestado ayuda ni auxilio médico, sino luego de varias horas, cuando uno de los funcionarios policiales del cuartel se habría percatado de la seriedad de sus lesiones, trasladándolo al Hospital San Pablo para constatar y tratar las heridas.

El segundo hecho fue el día 22 de octubre a las 21 horas y le ocurrió al periodista Leonardo Silva en medio de una transmisión radial en vivo y en directo, quedando el registro fílmico del suceso.

Silva habría estado registrando en video todo el actuar policial desde las 20 horas hasta el momento que fue controlado, de forma agresiva y con uso excesivo de la fuerza por el imputado.

La audiencia

Seis delitos fueron los que presentó la fiscalía durante la audiencia de formalización, dos apremios ilegítimos, un delito de tortura, detención ilegal, falsificación de instrumento público y obstrucción a la investigación.

El fiscal Germán Calquín exhibió las declaraciones de las dos víctimas del día 20 de octubre con el relato detallado de los hechos acontecidos ese día, el testimonio de funcionarios policiales de la Segunda Comisaría de Coquimbo, además del relato de un testigo que además habría grabado los sucesos en su celular.

Asimismo presentó otras pruebas como el estudio balístico que determinó la distancia de disparo del arma de perdigones en dos metros, el informe médico que declaró lesiones clínicamente graves (que sanan entre 40 y 50 días) en la víctima.

Luego expuso el segundo evento presentando el informe de lesiones que constatan la herida en la cabeza de Silva, el salvoconducto que mantenía durante el toque de queda y seis videos como evidencia fílmica que dan cuenta de los hechos expuestos por la fiscalía y por los cuales se le atribuyen los delitos de apremios ilegítimos, detención ilegal y tortura y trato degradante.

El INDH también fue parte de este proceso como uno de los querellantes, donde aseguran que la víctima, Jonathan M. recibió torturas por parte del imputado, quien posteriormente no le habría prestado la asistencia médica ni informado a los funcionarios de la comisaría sobre las lesiones de la víctima.

El organismo presentó testimonio de los cabos de guardia de la comisaría de esa fecha, quienes indicaron que no se les informó del estado de salud de Jonathan cuando llegó a los calabozos, lo que para el abogado de la instancia significó una clara violación los protocolos establecidos por Carabineros donde se les debe dar resguardo a los detenidos y  asistencia médica de requerirlo.

El abogado Carlo Silva, querellante de Jonathan y Francisca, indicó que los delitos por lo que se acusa a Luengo corresponden a penas de presidio mayor en su grado mínimo, ya que aseguró que hubo una detención ilegal con apremios ilegítimos y que, lo más grave, es que posteriormente se haya intentado ocultar el hecho.

Respecto a los delitos de falsificación de instrumento público y obstrucción a la investigación, el Ministerio Público presentó una serie de evidencias donde Luengo supuestamente habría falseado los hechos en el parte policial así como información de los libros de guardia de los diversos turnos de las comisarías.

Respecto al ilícito de ocultamiento, el abogado Silva, manifestó  que este ocurrió porque Luengo no le habría dado aviso al fiscal de turno sobre la detención ni lo que estaba pasando en ese momento.

Tanto el Ministerio Público como las partes querellantes solicitaron prisión preventiva como medida cautelar argumentando que existía riego de destrucción y manipulación de evidencia, por estar Luengo aun en servicio, falsificación de pruebas e inducción de declaraciones de posibles testigos, por lo que indicaron que su detención era indispensable para la investigación, la seguridad de las víctimas y la seguridad de la sociedad.

La defensa

“No ha cometido los delitos que se le imputan” señaló la abogada defensora, Fabiola García en la audiencia.

Debatió las pruebas y argumentos presentados por la fiscalía y los querellantes, ya que indicó que no hubo falsificación de la documentación por parte del imputado, puesto que él no redacta los partes policiales, asimismo aseguró que fiscalía habría omitido información y que algunos de los videos presentados habrían estado editados.

Por otra parte señaló que Luengo actuó en su calidad de autoridad y que habría respondido  a un acto de agresión por parte de Jonathan, quien le habría dado un “pechón” a unos de los carabineros. Luengo le habría disparado, a una distancia de 5 a 8 metros y apuntado a las piernas de la víctima, para evitar que lesionara al uniformado, actuando dentro de las atribuciones y con las armas disuasivas que le otorga la ley y los protocolos institucionales.

Presentó el informe médico constatando las lesiones de dos carabineros supuestamente hechas por Jonathan, entre otras evidencias que desestimaban las teorías presentadas por el Ministerio Público y las partes querellantes, cuestionando el principio de objetividad de fiscalía.

Asimismo indico que el contexto social y la cantidad de detenidos de ese día (66 detenidos) influyó en algunos procedimientos porque se trataba de una situación excepcional donde el capitán de carabineros habría cumplido con los protocolos y actuado válidamente en el ejercicio de sus funciones.

Respecto al caso de Leonardo Silva, presentó un video donde se demostraría que Luengo nunca habría agredido ni golpeado al periodista durante la jornada del 22 de octubre y que la detención y fiscalización del vehículo se habría producido por un llamado de Cenco donde advertía la presencia de un auto no identificado que estaba siguiendo, desde hacía un rato, las patrullas de Carabineros y que  el control de Silva habría sido instrucción del Comisario Rubio.

Resolución

Pasada las 17 horas del martes la magistrada Leila Velásquez entregó la resolución donde decretó la prisión preventiva del imputado y fijó el plazo de la investigación en 180 días.

Velásquez acreditó los ilícitos y que existió un abuso del cargo de parte del imputado por inferioridad cuantitativa, puesto que se trataba de  una  sola persona que no portaba ninguna arma frente, al menos cinco carabineros.

Por otro lado acreditó lo ocurrido con Leonardo Silva y desestimó el video presentado por la defensa.

Mencionó que en el contexto social, donde había un estado de excepción, en un estado de derecho se deben respetar las leyes, particularmente por quienes deben resguardar y proteger a la ciudadanía.

Por lo expuesto, Velásquez manifestó que la libertad del imputado resultaba peligrosa para la sociedad, por lo que determinó la prisión preventiva en el anexo cárcel de la Sexta Comisaría de Las Compañías.

Reacciones tras el fallo

“Entendemos que los antecedentes que estaban en la carpeta fueron suficientes en este estadio procesal para acceder a la petición de la fiscalía lo que ocurrió en definitiva accediendo el Tribunal de Garantía a disponer la medida cautelar en cuestión, otorgando un plazo de investigación de 180 días” señaló el Fiscal Adjunto de La Serena, Germán Calquín.

Carlo Silva, abogado de Defensores Norte, indicó que “este es el punto de partida para aquello que queremos construir desde el punto de vista de responsabilizar aquellos que de alguna forma han actuado en calidad de actores de estos delitos, este es el punto de inicio, hoy día (martes) quedó en prisión preventiva el capitán a cargo pero sin duda hay varios funcionarios que actuaron en contra de mi representado y las demás víctimas”.

La jefa de la sede regional del INDH, Tarcila Piña, valoró la decisión del Juzgado de Garantía de Coquimbo, indicando que sienta un buen precedente para la persecución de hechos relacionados con el mal actuar policial en las protestas. 

“Encontramos que se ajusta a los estándares internacionales en esta materia. No tenemos que olvidar que se trata de hechos graves, repudiables, cometidos por agentes del Estado, donde hay una necesidad de que el sistema de justicia penal avance en estas causas y se investigue de manera exhaustiva para que no queden impunes estos lamentables hechos”, señaló.

Efraín Villalobos, abogado querellante de Leonardo Silva señaló que “lo que quedó en relieve para nosotros es que en definitiva la conducta del imputado en su momento violó garantías que tienen todos los ciudadanos en el sentido de no ser agredidos por agentes del Estado”.

La abogada defensora manifestó que apelará a la decisión del Juzgado de Garantía de decretar la prisión preventiva para el uniformado, que se trató de una investigación sesgada por parte del Ministerio Público y que la pretensión de su defendido “es que salga a la luz la verdad (…) y a lo que aspira el señor luego y demandamos del ministerio público es objetividad en la persecución penal y no sesgada, que en definitiva solo trata de incriminar”, sostuvo.

“Discrepamos totalmente con el fallo. Entendemos que no existió la fundamentación adecuada, por ejemplo, para dar por establecida la existencia de la multiplicidad de ilícitos que se agregan en un plazo de dos semanas, donde la Fiscalía sostiene que se han cometido seis ilícitos, en circunstancias en que cuando solicita la formalización, lo hace solamente por apremios ilegítimos y una presunta detención ilegal”, señaló al terminar la audiencia la abogada Fabiola García.

Agregó que fue una sorpresa que el Ministerio Público le atribuyera tantos delitos cuando la audiencia de formalización, en un principio, era por dos delitos.

“El ministerio público atribuye una gran cantidad de delitos, con lo que se logra configurar la hipótesis del artículo 140 letra C de que hay varios delitos, de la penalidad asignada. Cada vez que se suma un delito se suman penas, y eso habilita el Ministerio Público para pedir la prisión preventiva, que a mi juicio es del todo desproporcionada. Es del todo improcedente y que vamos a apelar en la corte de apelaciones”.

Por otra parte, pese a que no quiso dar declaraciones a la prensa, la madre de la víctima, Yanet Ampuero, dijo estar más tranquila con la resolución de la magistrada, porque asegura que se hizo justicia, ya que “nadie está sobre la ley”.

 

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