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La Segunda Sala del tribunal de alzada confirmó la resolución dictada por el Segundo Juzgado de Policía Local de Coquimbo quien acogió la denuncia interpuesta por la Corporación Nacional Forestal (Conaf).

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de La Serena ratificó la sentencia que condenó a la empresa Magno Gestión Inmobiliaria SpA, a pagar a beneficio municipal una multa de 1.475 UTM por infringir la ley de protección de bosque nativo.

La decisión de la Segunda Sala del tribunal de alzada confirmó la resolución dictada por el Segundo Juzgado de Policía Local de Coquimbo quien acogió la denuncia interpuesta por la Corporación Nacional Forestal (Conaf) tras constatar que la empresa cortó 420 ejemplares de guayacán y una hectárea de formaciones xerofíticas, en el sector de Tongoicillo de Coquimbo.

“Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley 18.287 y 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la sentencia apelada de veintidós de abril de dos mil diecinueve”, consigna el fallo.

La resolución de primera instancia ratificada concluyó que: “(…) el denunciado efectivamente ha incurrido en las infracciones denunciadas de tal forma que el Tribunal aplicará una sanción, teniendo en cuenta lo indicado por el Ministro de Fe de la Corporación Nacional Forestal en sus informes técnicos (…) considerando en especial que se ha producido una corta de una gran cantidad de ejemplares de guayacán en categoría de vulnerables (…) que ha significado una disminución de dichos ejemplares en la zona”.

 

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