• La nueva Ley de Estacionamientos se complementa con la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores. Foto: Andrea Cantillanes
El organismo ha estado analizando el funcionamiento de este mercado para recabar antecedentes que les permitan monitorear si se han producido alzas o bajas en las tarifas, y si las empresas cobrarán por minuto o por tramo.

Ante la entrada en vigencia de la Ley N° 20.967, que regula el cobro de servicios de estacionamiento en establecimientos privados, el Sernac resaltó los nuevos derechos que tendrán los usuarios, basándose en la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores (LPC).

La Directora Regional de la institución, Paola Ahumada, enfatizó que esta normativa no obliga a las empresas a cobrar por los servicios de estacionamiento, sino que lo que hace es regularlo cuando los proveedores optan por ello.

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“Es decir, pudieran existir empresas que no apliquen cobros como una forma de fidelizar a sus clientes”, indicó la autoridad regional.

Acciones

Con el propósito de monitorear los efectos de la implementación de esta ley, el Sernac ha estado analizando el funcionamiento de este mercado tanto en Santiago como en las regiones del país, documentando las estructuras de cobros utilizadas hasta ahora, y los valores cobrados por las diferentes empresas.

El objetivo de esta medida es recabar antecedentes que le permitan al Sernac conocer si se produjeron alzas o bajas en las tarifas y saber si las empresas optaron por cobrar por minuto o por tramos.

Asimismo, el servicio ya está planificando otras acciones, cuyo propósito será velar porque esta normativa se cumpla cabalmente.

“En caso de detectar incumplimientos, no dudaremos en tomar las acciones pertinentes para acudir en defensa de los usuarios de estacionamientos”, finalizó la Directora Regional, Paola Ahumada.

Puntos a tomar en cuenta

  • Las empresas pueden fijar un período de uso del servicio sin cobro u ofrecerlo en forma gratuita.
  • Las empresas deben cobrar lo justo. Para ello deben optar entre dos estructuras de cobros: fraccionamiento por minuto efectivo de uso, o por tramos máximo de 10 minutos de tiempo vencido, cuyo período inicial no debe ser inferior a media hora.
  • Se prohíbe redondear o aproximar la tarifa al alza en los estacionamientos y parquímetros.
  • Se prohíbe el cobro de multas por la pérdida del ticket en los estacionamientos.
  • Las empresas deberán responder por hurtos, robos o daños y no podrán hacer declaraciones de que no se hacen responsables de éstos.
  • En las clínicas y hospitales, los estacionamientos de servicios de urgencia o emergencia, durante el tiempo que duren éstas, y los de pacientes que presenten dificultad física permanente o transitoria para su desplazamiento, serán gratuitos.

 

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