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Lautaro Carmona
Como un “atajo constitucional” calificó el ministro de Hacienda, Ignacio Briones, la iniciativa que este miércoles fue aprobada en la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados. Por su parte, el diputado Matías Walker, presidente de dicha comisión, rechazó que el proyecto vulnere la Constitución, señalando que el Gobierno se negó a participar de una mesa de trabajo en donde se abordaría este asunto.

Por 7 votos a favor (6 de la oposición y uno del diputado RN, Jorge Durán) y 3 en contra, del oficialismo, la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, aprobó el proyecto que permite retirar parte de sus ahorros a los pensionados de compañías de seguro bajo la modalidad de rentas vitalicias.

Según los autores de esta reforma constitucional que se inició a partir de mociones refundidas en el Congreso, busca mitigar los efectos económicos derivados del estado de excepción constitucional, decretado a causa de la pandemia de coronavirus, permitiendo, de forma voluntaria y por única vez, a los afiliados del sistema privado de pensiones que estén jubilados bajo la modalidad de renta vitalicia, acceder a parte de sus fondos.

En síntesis, la iniciativa establece un retiro similar a los anteriores, que se aprobaron para las AFP, fijando un mínimo de 35 UF y un máximo de 150 UF, que será descontado de la pensión durante la renta vitalicia futura, según las tablas de mortalidad del sistema. Los plazos de pago empezarán a regir una vez publicada la ley.

Además, se indica que después de 30 días de publicada la norma, el presidente deberá remitir al Congreso un proyecto para regular los casos en que la persona beneficiada no alcanzara a pagar este anticipo.

“Lo que proponemos nosotros es que en tal caso, una ley de iniciativa exclusiva del Presidente de la República, tal como lo pidió el Tribunal Constitucional, regule la forma de saldar ese monto insoluto, a través de un aporte que haga el Estado. Una suerte de seguro de desgravamen, como de hecho lo ha asumido respecto de los créditos blandos que se han otorgado producto de la pandemia”, explicó al respecto el diputado Matías Walker.

Proyecto es constitucional 

Desde la Secretaría General de la Presidencia, tal como ya se había advertido, se anunció reserva de constitucionalidad por el proyecto. Eso implica que el Ejecutivo lo llevaría al Tribunal Constitucional, en donde se definiría su legalidad.

En ese sentido, el ministro de la Secretaría General de la Presidencia, Juan José Ossa, argumentó que con esta iniciativa “no se está respetando el contenido permanente de la Constitución y la manera en que se debe reformar”, entre ellos “la iniciativa exclusiva del Presidente”, indicó. Ossa agregó que este proyecto afecta además, “el derecho a la seguridad social, a realizar cualquier actividad económica lícita y afecta el derecho de propiedad”.

No obstante, el diputado Matías Walker rechazó este punto de vista, señalando que la aprobación de la indicación sustitutiva –que demanda al Presidente remitir al Congreso un proyecto para pagar los saldos pendientes en caso de muerte del afiliado- “evita, a mi juicio, cualquier posible cuestionamiento real de constitucionalidad”.

“Esta es una norma transitoria, porque es excepcional y tiene que ver con la pandemia, no es una norma permanente (…) Y si bien es cierto que ellos han seguido percibiendo su renta vitalicia, hemos recogido el testimonio de muchos de ellos que perciben no más de 120 mil pesos mensuales, que obviamente no les alcanza para jubilar dignamente, y ellos tienen, por ejemplo, un pequeño negocio o una actividad laboral complementaria donde si claramente han visto disminuidas sus ganancias”, señaló el parlamentario de la DC.

Ausencia 

En ese sentido el legislador falangista aseguró que para evitar que se diera este debate en torno a la constitucionalidad del proyecto, se invitó al Gobierno a participar en una mesa de trabajo para discutir la iniciativa. “Lamento que se haya negado a formar parte de ella”, afirmó.

Una opción, a su juicio, hubiera sido que el BancoEstado pudiera otorgar un préstamo a tasa de interés cero y las compañías de seguro pudieran ir descontando de las cuotas de renta vitalicia el servicio de esa deuda. “Pero lamentablemente el Gobierno se negó a ello y nosotros nos quedamos de brazos cruzados y aprobamos esta norma transitoria en la Constitución, que esperamos se apruebe ahora en la sala de la Cámara de Diputados”, finalizó.

 

¿Qué es una pensión de renta vitalicia?

La Renta Vitalicia consiste en una modalidad de pensión donde, en el momento de acceder a la jubilación, los fondos dejan de ser gestionados por la AFP y se encuentran bajo la gestión de una compañía de seguros.

Actualmente, son más de 600 mil los jubilados que no están afiliados a las Administradoras de Fondos de Pensión, sino a seguros privados. Ellos no han podido acceder a los retiros del 10%.

 

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