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Lautaro Carmona
La nueva autoridad presidirá el Consejo Regional y deberá hacer las coordinaciones con los demás órganos y servicios públicos que dependen o se relacionan con el GORE. También tendrá la responsabilidad de representación judicial y nombramiento de funcionarios. Pero como debilidad se aprecia que existirán dos autoridades, porque además se crea el delegado regional presidencial.

Tras realizarse las elecciones para elegir a los gobernadores en la primera quincena de abril, el cargo de intendente regional desaparecerá, luego que la mayoría de esas funciones las asumirá la nueva figura.

Pero ¿cuáles son las facultades que tendrán quienes ostenten este puesto a lo largo del país?

Algunos críticos de este cargo, han precisado que en la práctica tendrá menos facultades y peso político que el actual intendente regional, por lo tanto, no será un avance, sino que más bien un retroceso a la hora de la gestión, porque, además, se agrega el cargo de delegado regional presidencial, quien será nombrado por el Presidente de la República.

En la práctica, según lo explicado por el abogado Esteban Sepúlveda, el gobernador presidirá el Consejo Regional y también deberá hacer las coordinaciones con los demás órganos y servicios públicos que dependen o se relacionan con el Gobierno Regional, a los que debe fiscalizar y supervigilar.

Sepúlveda indica que las competencias que ya están asignadas al gobernador regional son: La función de jefe de servicio del Gobierno Regional, lo que implica representación judicial, nombramiento de funcionarios, entre otros. “Las competencias normativas, donde se distingue la de solicitar al gobierno central que le otorgue competencias hoy radicadas en ministerios y servicios públicos, a su Gobierno Regional”, señala.

También tiene facultades de planificación, como la política regional, de desarrollo o el plan regional de ordenamiento territorial, además de manejar el presupuesto regional y coordinar, supervigilar y fiscalizar a los servicios públicos que en el futuro puedan crearse, y que dependan del Gobierno Regional.

 

Las debilidades

Una de las problemáticas o debilidades que observan los críticos del nuevo sistema de gobernadores es que en la práctica habrá dos autoridades regionales, una elegida por votación popular y otra elegida por el Presidente de la República.

La abogada Clarisa Rivera, indica que la Ley 20.990 del año 2017, que establece la principal reforma política para las nuevas autoridades consideró el reemplazo del actual cargo de intendente regional por dos nuevas autoridades. “La primera es la que será electa por la ciudadanía en el mes de abril y será el gobernador regional. La segunda autoridad será designada por el Presidente de la República, que es el delegado presidencial regional. Ambas autoridades convivirán en la misma región y gozarán de atribuciones y competencias similares para hacer gestión regional”.

El nuevo diseño producirá nuevas formas de relaciones intergubernamentales y algunas llamadas “zonas grises” entre estas dos autoridades regionales, porque compartirán ámbitos de acción, competencias y atribuciones, lo que hará compleja la relación entre ellas.

Pero también tiene cosas positivas, ya que modificará la política regional, lo que traerá ventajas indudables, como democratizar un espacio político y darle mayor estabilidad a la conducción política regional.

Lo complicado, es que también podría provocar ciertos inconvenientes, como dualidad de mando o confusión en el liderazgo de la coordinación política regional. También se producirán incentivos y efectos que alterarán las clásicas relaciones que se dan entre los niveles de gobierno central, regional y municipal.

Por ejemplo, en la actualidad existe claridad política y ciudadana respecto de que el intendente regional es quien coordina a los servicios públicos a nivel regional. A partir de abril y con la desaparición del intendente, las nuevas relaciones intergubernamentales serán entre municipalidades, gobernación regional, delegación presidencial regional y ministerios. Las consecuencias, las combinaciones posibles a partir de la incorporación de estos dos nuevos actores en la gestión regional y la intensidad de las afinidades entre estos líderes políticos serán variadas y en distinta dirección.

Según  Esteban Sepúlveda, “se presume que los municipios serán afectados, luego que deberán multiplicar sus gestiones frente a dos autoridades y será necesario conocer las reglas del juego que definirán cómo y a quién se distribuirán las competencias, atribuciones y recursos, bajo las cuales los distintos actores se deberán desenvolver”, lo que hasta ahora no estaría del todo claro.

 

Separación

En definitiva la elección del nuevo gobernador separa la línea de gobierno interior, orden y seguridad pública,  de la de administración regional, que hasta antes de estas reformas recaían única e íntegramente en el intendente regional.

En definitiva, como reemplazo de la función de gobierno interior, se crea la figura de delegado presidencial regional, actor político de exclusiva confianza del Presidente de la República. Como reemplazo de la función de administración regional, se crea la figura del gobernador regional, actor político electo por sufragio universal, quien cumplirá la función de ejecutivo del Gobierno Regional y presidente del consejo regional.

 

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