• En la imagen Alejandra Barra, en el mes de enero cuando ya había sido desvinculada y estaba en plena batalla por revertir esa realidad.
Crédito fotografía: 
Leonel Fritis
Ni la Contraloría, ni la Corte de Apelaciones, ni el tribunal laboral dieron crédito a los argumentos esgrimidos por la defensa de la subcomisario Alejandra Barra, quien en noviembre del 2019, en medio de acusaciones de acoso contra su jefatura, fue desvinculada de la PDI por obtener una mala evaluación en el proceso calificatorio. El máximo tribunal del país, revocó todas las resoluciones anteriores y falló a favor de la demandante, precisando que su salida fue “un acto arbitrario e ilegal que vulneró derechos constitucionales” ya que no se respetó el fuero maternal garantizado para todas las trabajadoras

Se termina un conflicto legal de más de seis meses. Finalmente, tras un largo andar por los tribunales, la Corte Suprema falló a favor de la subcomisario de la Policía de Investigaciones, Alejandra Barra, quien había sido desvinculada de la institución pero que ahora, tras el dictamen definitivo e inapelable, deberá ser reincorporada y además deberán restituirle el sueldo que dejó de percibir mientras estuvo afuera. 

El máximo tribunal del país revocó la determinación dictada por la Corte de Apelaciones de La Serena del 3 de febrero del 2020, y resolvió acoger el recurso de protección interpuesto por la trabajadora ordenando el reintegro de la detective a sus labores. 

El fuero no se toca

Según consigna la sentencia el despido de Alejandra Barra, quien también es periodista y se desempeñó durante largo tiempo en el departamento de comunicaciones de la institución, “constituye un acto arbitrario e ilegal que vulnera los derechos constitucionales”, ya que se omitió el hecho de que la profesional estaba embarazada, algo de lo que sus jefaturas tenían pleno conocimiento. 

En esto se ahonda en el tercer punto de la resolución, que alude al inciso segundo del N°1 del artículo 19 de la carta fundamental, la que está por cualquier otra normativa y que “encomienda a la ley proteger la vida del que está por nacer, concepción amplia que importa permitir que la madre acceda al empleo y se mantenga en él”. Dicho en términos simples, el fuero maternal no se toca. 

Una larga historia

Fueron las abogadas María Belén Rojas, y María Fernanda Rojas, quienes llevaron el caso de Alejandra, y en conversación con El Día expresaron su conformidad con el resultado de su trabajo, el que además, señalan, sienta un precedente debido a que, particularmente en las Fuerzas Armadas y de Orden, “los fueros maternales no se respetan, ya que se rigen por normativas internas las que son avaladas por la Contraloría”, indica María Belén. 

Pero la historia de Barra y su “calvario” se inició antes que la desvincularan. Antes, la subcomisario había realizado una denuncia por acoso laboral en contra del jefe regional de la época, el prefecto inspector Richard Gajardo. Según relataba la periodista en aquel momento, había tenido serios inconvenientes e intercambios verbales con su superior desde que éste arribó a la zona en octubre del 2017, ya que, de acuerdo a una denuncia que interpuso Alejandra ante el SernamEG a mediados del 2019, “la hostigaba por el sólo hecho de ser periodista”. En ese tenor, Gajardo hacía constantes alusiones a su vestimenta manifestándole explícitamente: “No me gusta cómo te vistes, te vistes como periodista (…) Tú no eres policía”. 

A este tipo de frase, le seguían otras como: “Conozco tu prontuario, me entretengo mucho leyéndolo”, enrostrando a la subcomisario una situación vivida por ella en Ovalle, donde tuvo problemas con algunos de sus compañeros de escuela. 

Los constantes “ataques” que habría recibido la subalterna, hicieron que incluso entrara en una depresión, lo que la mantuvo con licencia médica por un periodo de dos meses. Esto, porque la mala relación entre ella y su jefatura, según indica Barra en la primera denuncia que hizo en el Ministerio de La Mujer y Equidad de Género, tuvo consecuencias. La subcomisario, fue sancionada en dos oportunidades antes del proceso calificatorio del mes de agosto del 2019, lo que la llevó a obtener la peor evaluación posible, quedando en “Lista 4”, lo que de acuerdo al reglamento interno de la PDI implica la desvinculación, la que le fue notificada en el mes de noviembre, pese a las apelaciones internas que efectuó expresando abiertamente que las sanciones de las que había sido objeto, y consecuentemente su mala calificación, obedecían “a un asunto netamente personal con Richard Gajardo”. Pero sus argumentos no fueron escuchados. 

Proceso legal

Barra, con el convencimiento de que se había cometido una injusticia, porque además tenía un embarazo de tres meses cuando fue desvinculada, decidió continuar con las acciones legales correspondientes, representada por las abogadas de  Abofem (Asociación de Abogadas Feministas de Chile), y con el apoyo del Ministerio de la Mujer y Equidad de Género, quienes incluso, oficiaron al Ministro del Interior Gonzalo Blumel y también al director general de la policía civil, Héctor Espinosa, ya que se habría incumplido la ley 21.129 que también garantiza el fuero maternal a las funcionarias de las Fuerzas Armadas, Orden y Seguridad, sin embargo, aquello tampoco representó una solución. 

Contraloría y "trabajo a medias"

El camino entonces fue solicitar a Contraloría que revisara si el actuar de la PDI había estado dentro de la legalidad, y, por otra parte, interponer un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de La Serena. En ninguno de los trámites tuvieron éxito. Según explica la abogada María Belén Rojas, la Contraloría, encargada de fiscalizar que los procedimientos de la administración del Estado se ajusten a derecho, “tal como lo hace siempre con las entidades de orden y seguridad, sólo se fijó en la forma y no en el fondo de los hechos, algo que es muy superficial, porque cuando se revisa un proceso tiene que ser siempre en armonía con el ordenamiento jurídico completo, teniendo en cuenta tratados suscritos por Chile que consagran el derecho a la maternidad como un derecho humano universal”, consignó Rojas. 

Para la abogada, aquí el órgano contralor tendría un grave error de interpretación, apegándose a lo meramente técnico. “Ellos señalan que la desvinculación es el efecto de una sanción, luego de la mala calificación de un jefe, que por ley puede calificarla, y por eso, lo que viene después, para la Contraloría, no es responsabilidad ni del jefe ni de la Contraloría, lo que es un tremendo error en la interpretación, porque se olvidan que la ley de fuero maternal y el derecho a la maternidad es para todas las trabajadoras. Y ahí no están haciendo bien la pega, porque por mandato constitucional tienen que interpretar de manera armónica el ordenamiento jurídico en su globalidad”, aseveró la abogada. 

Sin éxito en el tribunal de alzada

En la Corte de Apelaciones de La Serena pusieron todos los antecedentes del caso en el mes de enero de este año, sin embargo, no tuvieron éxito, según María Fernanda Rojas –la otra abogada- puesto que no se pronunciaron respecto al fuero maternal, y señalaron en su resolución que la PDI “estaba autorizada y facultada por ley para evaluar a sus funcionarios. Algo que nos pareció insólito porque tampoco fueron al fondo de los hechos, que era la vulneración del derecho fundamental”, aseveró. 

Paralelamente, en el mes de mayo también fueron al juzgado del trabajo, donde no tuvieron la respuesta esperada. “Nos dijeron que el fuero maternal no tiene un amparo total y absoluto para todas las trabajadoras”. 

Sólo quedaba una instancia: la Corte Suprema, el máximo tribunal y decidieron intentarlo por última vez. Con los mismos antecedentes esta vez, y luego de 4 meses a la espera, tuvieron una respuesta que las dejó sumamente conformes, ya que se dictaminó que Alejandra Barra debía ser reincorporada a la Policía de Investigaciones de manera inmediata, debido a que, independiente de la calificación o sanción interna, nada de aquello estaba por sobre el fuero maternal, por lo que la decisión adoptada por la PDI había sido ilegal, arbitraria y violaba los derechos fundamentales. 

Un desahogo

La protagonista de esta historia, Alejandra Barra, recibió esta noticia como un desahogo. Asegura que fueron meses complejos, y ahora sólo espera cumplir con su posnatal y volver a trabajar. “Estoy contenta con el fallo y espero reincorporarme lo más pronto posible a mi trabajo una vez que termine mi postnatal y dedicarme 100% como siempre lo hice en mis labores investigativas”, precisó. 

Barra, en lo inmediato, está dedicada al cuidado de su pequeño que hoy cumple 15 días de vida. Según comentaron cercanos, este tiempo ha sido difícil en lo emocional y en lo económico ya que enfrentó un embarazo de alto riesgo, teniendo que desembolsar grandes cantidades de dinero en medicamentos, y sin recibir un sueldo. A esto se suma el estrés que implica estar en la incertidumbre, la que por fin ya se acabó. 

PDI no se refiere al tema

Desde la PDI regional no entregaron ninguna versión respecto al fallo, señalando que no se refieren a resoluciones judiciales. Sin embargo, el pasado mes de enero cuando Ricardo Gatica asumió el cargo de nuevo jefe regional –dejado por Richard Gajardo-, aunque tampoco ahondó en el asunto, sí admitió que tenía información de lo que estaba sucediendo aseverando que cualquier situación que lo requiriera debía investigarse. 

 

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