• Si bien el proyecto de teletrabajo y trabajo a distancia, había sido presentado en agosto de 2018, la situación por el avance del coronavirus en el país, obligó al Congreso a tratarla con urgencia.
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LAUTARO CARMONA
Este martes se aprobó la nueva ley sobre trabajo a distancia, la cual entrará en régimen el próximo 1 de abril. Entre otros aspectos, contempla que éste se regirá bajo las normas del Código del Trabajo (deberá suscribirse un contrato de trabajo para ello), los trabajadores bajo esta modalidad tendrán los mismos derechos que sus pares, será posible combinar tiempos de trabajo presencial en la empresa con labores fuera de ella, y los equipos, materiales y herramientas para ello, serán proporcionados por el empleador.

Este martes el Presidente Sebastián Piñera promulgó la ley de Teletrabajo y trabajo a distancia que comenzará a regir el próximo 1 de abril.

En palabras simples, esta modalidad de trabajo implica que los trabajadores que laboren bajo ese sistema, podrán trabajar en un lugar diferente al de sus oficinas o puestos de trabajo. Para ello, se aprovechan pues, las nuevas tecnologías de la información y de comunicación que hoy están disponibles.

Lo cierto es que este proyecto data de 2018, cuando el actual ejecutivo presentó a discusión el entonces proyecto de ley, y que a juicio del gobierno, pretendía poner a Chile “al mismo nivel de los países desarrollados” en esta materia. Ahora, presionado por la contingencia y debido a las medidas de contención para evitar la propagación del COVID-19 en nuestro país, se decidió dar prioridad para legislar sobre este asunto, lo cual finalmente, ocurrió.  

“Quiero agradecer a parlamentarios de todos los sectores, quienes ayudaron a sacar adelante esta iniciativa, que busca dar mayor protección a los trabajadores”, señaló tras la aprobación del proyecto, la ministra del Trabajo, María José Zaldívar.

En efecto, desde el gobierno la aprobación de la iniciativa fue muy celebrada, aunque para otros sectores políticos y la CUT, quedan aún algunas lagunas que resolver, en especial, ante una eventual “precarización” de las condiciones de trabajo que acusan, puede provocar la iniciativa.

Pero en resumen, ¿cuáles son los ejes de la nueva ley?

Rige el Código del Trabajo

Cabe señalar que en nuestro país, si bien esta modalidad laboral existía de hecho, ya sea total o parcialmente, ésta estaba débilmente reglada por el Código del Trabajo.

Ahora sin embargo, la nueva norma obliga a las empresas que la adopten a suscribir un contrato o anexo a éste, entre empleador y trabajador, quienes –estos últimos – no podrán ver reducidos sus ingresos y beneficios, manteniendo los mismos derechos laborales que les asegura el Código del Trabajo.

“Esto no pretende precarizar o debilitar los derechos de los trabajadores, cualquier modalidad de teletrabajo o trabajo a distancia necesita un acuerdo y por tanto, nada se hace sin la libertad libre y soberana de cada trabajador”, dijo al respecto, el Presidente Piñera.

En esa misma línea, el seremi del ramo, Matías Villalobos, explicó que “si es que ya hay un contrato de trabajo vigente, se van a respetar las cláusulas del contrato, y el empleador con su trabajador debieran acordar a través de un anexo de contrato, la modalidad de teletrabajo o trabajo a distancia, y en qué lugar se va a desarrollar el mismo”.

Ante la duda de que sí la modalidad de trabajo a distancia y teletrabajo, puede formar parte de los contratos de aquí en adelante, Villalobos afirma que “es una opción. El teletrabajo siempre debe estar incorporado en el contrato de trabajo cuando las partes así lo acuerden.

La autoridad insistió en que “debe quedar establecido y determinadas las condiciones bajo las cuales se haría trabajo a distancia”, por lo que, reiteró que, sí o sí “debe haber” un acuerdo de voluntades entre trabajador y empleador. “Eso debe constar, o en el contrato de trabajo que a futuro celebren, o en los anexos de contrato para las relaciones laborales ya vigentes”, agregó.

Jornada de trabajo y desconexión

Otro punto que contempla la nueva legislación, es que el trabajador podrá pactar y distribuir libremente sus horarios de trabajo, siempre y cuando sus funciones lo permitan.

En ese sentido, el seremi Matías Villalobos, indicó que debe establecerse el “lugar físico” donde se va a desarrollar la labor a realizar, la cual puede contemplar la propia vivienda del trabajador u otro espacio distinto. Incluso señala, parte de la jornada “puede hacerse en un espacio físico de la empresa, y otra parte de la jornada podría hacerse vía teletrabajo”.

Ahora bien, en el caso de que no hubiera una jornada laboral definida propiamente tal, o bien si no hubiera un horario determinado de trabajo, -es decir una jornada “libre”- Villalobos explica que para ambos casos la ley garantiza “el derecho a la desconexión digital, en el cual el trabajador va a poder estar desconectado por al menos 12 horas al día”, desconexión que no podrá ser interrumpida por los jefes, ni por correo electrónico, ni por mensaje de texto.

¿Qué pasa con las horas extra?

Desde la CUT y sectores opositores se señaló que la ley, si bien reconocía el ya mencionado “derecho a la desconexión”, no existiría sin embargo, reconocimiento de las horas extraordinarias de los trabajadores.

“Hoy día, más bien dan la señal de que se está buscando por la vía de esta iniciativas de ley, más que proteger a los trabajadores, es generar condiciones de precariedad”, señaló al respecto, la presidenta de la CUT, Bárbara Figueroa.

Al respecto, el seremi del Trabajo, afirmó que si en un contrato de trabajo, está definido  ya el derecho a pago de horas extras, “eso no se modificaría por esta ley”.

“En caso de alguna modificación debiese mediar el consentimiento entre trabajador y empleador, no puede haber una imposición unilateral de alguna de las partes”, afirmó,  

En ese sentido, Villalobos recalcó que el objetivo final de esta legislación, además de hacer un llamado al mundo empresarial a tener una relación más flexible con sus trabajadores, es “mejorar la compatibilidad del trabajo con la vida familiar. Además, facilita la incorporación de ciertos grupos de trabajadores que les ha costado incorporarse al mercado del trabajo, por ejemplo, personas con discapacidad, jóvenes, mujeres, adultos mayores y estudiantes. Pero insisto, esto en ningún caso puede generar o va a generar un menoscabo en la relación laboral”.

¿Afecta a las mujeres?

Tras la aprobación de la ley, la presidenta de la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados, la diputada de Convergencia Social, Gael Yeomans, junto con compartir el diagnóstico de la presidenta de la CUT sobre la ley de trabajo a distancia, expresaba sus dudas ante la falta de medidas para que las mujeres que trabajen desde casa, eviten cargar con las labores reproductivas y domésticas, apuntando a la definición de roles en las familias.

Ante estos cuestionamientos, la autoridad regional de Trabajo, insistió en que con la ley de teletrabajo y trabajo a distancia “no se están cambiando los derechos que ya están establecidos y regulados por el Código del Trabajo. Por ejemplo, el derecho al pre y posnatal eso es un derecho que está consagrado y eso no se modifica”. Lo mismo, asegura, con el derecho de las madres a amamantar a sus hijos.

Además afirmó, se mantendrá el derecho a sala cuna que tienen las madres.

“Lo que busca este proyecto”, insistió “es justamente que más personas, que eventualmente con problemas para incorporarse de buena forma al mundo del trabajo lo puedan hacer, y dentro de ese grupo de personas están justamente las mujeres, las madres”.

Otras consideraciones

En cuanto a otros aspectos que establece la ley es que los equipos, herramientas y todos aquellos materiales que requiera el trabajador para laborar a distancia deberán ser proporcionados por el empleador. Ello, pues el trabajador no puede ser obligado a usar elementos y herramientas propias para su trabajo.

Además, en relación a los gastos asociados a los costos de operación (conexión a internet por ejemplo), funcionamiento, mantenimiento y reparación de equipos, también quedarán a cargo del empleador

Respecto a temas de Salud, quienes estén trabajando bajo la modalidad de teletrabajo y trabajo a distancia, mantendrán la cobertura por accidentes laborales y enfermedades profesionales.

Por último, respecto a aquellos bonos y asignaciones que ya estén pactados, no sufrirán modificaciones bajo esta nueva modalidad de trabajo.

 

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