• El debate por la reforma a la Ley de Quiebra recién se está dando al interior del Congreso.
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LAUTARO CARMONA
En el Congreso se discuten actualmente los cambios que se pretenden ingresar para modificar la norma que entró en vigencia el 9 de octubre de 2014, y que buscan básicamente, abreviar y abaratar el costo del proceso de reorganización, apuntando especialmente a las pequeñas y medianas empresas.

El 9 de octubre del año 2014, entró en vigencia la Ley 20.720 de Insolvencia y Reemprendimiento, legislación que reemplazó a la antigua Ley de Quiebras, y cuyo objetivo era que la persona y la empresa deudora pudiera acceder de manera más expedita a una reorganización de sus finanzas y rehabilitarse desde el punto de vista financiero. 

Lo cierto es que la puesta en marcha de esta ley implicó un importante cambio para quienes se encontraban en una situación económica complicada, pues permitió entre otras cosas, que estos deudores (personas naturales) pudieran acogerse a un proceso de liquidación, trámite que antes sólo estaban reservado para las empresas. 

De hecho, la ley es considerada una herramienta fundamental ante la emergencia sanitaria que hoy vive el país y cuya extensión en el tiempo, aún indeterminada, todavía puede generar graves daños financieros a cientos de empresas y personas. 

Desgraciadamente, y más allá del avance que significa contar con una legislación de este tipo, la ley ha terminado por quedarse corta frente a la realidad que ha impuesto la pandemia. 

Ello, porque tal como se escribió en estas mismas páginas hace unos meses atrás, el procedimiento para acceder al proceso de renegociación de deudas está condicionado al cumplimiento de varios requisitos, entre los que destacan los altos costos que se deben desembolsar, los tiempos excesivos que demoran estos procesos, tener al menos dos obligaciones morosas por más de 90 días corridos, que sumen en total más de 80 UF, y no encontrarse notificado de demandas judiciales por parte de cualquiera de sus acreedores. 

Más agilidad y menos costos

Consultado por Diario El Día, el abogado y fundador de Defensadeudores.cl, Ricardo Ibáñez, señaló que la actual ley de quiebras “no ha funcionado acorde a la realidad económica que estamos viviendo. Hoy día tenemos 4.500.000 ciudadanos que están en Dicom, y de ellos, tener sólo a 13 mil personas que hayan optado a la ley, nos parece que es una suma absolutamente alejada de la real necesidad económica”. 

Para el profesional las razones que explican esta situación, son dos: por desconocimiento de la ley, y porque, ligado a lo descrito anteriormente, “las consecuencias financieras al utilizarla, también son muy negativas”. 

Por esta razón, hace unas semanas, el gobierno ingresó un proyecto de ley al Congreso para modificar la actual ley, en el marco de nuevas medidas para la reactivación económica. ¿El objetivo? Simplificar y agilizar los procesos de liquidación, renegociación y reorganización de personas y empresas, así como tener procesos más cortos, más baratos y con menor pérdida de valor.

Los detalles

Al respecto, la coordinadora regional de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, Patricia Rojas, señaló que “con la creación de un nuevo proceso simplificado se eliminan por una parte los costos de varias etapas del proceso como el certificado de deudas, disminuye el costo de los honorarios de los veedores, simplifican los procesos y se reducen los plazos”.

Rojas destaca además, que el proyecto se enfoca en las Mipymes, pues el nuevo procedimiento “implica un proceso simplificado para la liquidación de empresas de menor tamaño y personas naturales, con quienes estábamos un poco al debe con ellos”. 

Así señala, el deudor podrá conservar sus bienes hasta la venta y se elimina el requisito de tener bienes para iniciar el procedimiento de liquidación.

“Nosotros como superintendencia tenemos bien claro que el objetivo es rehabilitar de una forma mucho mas fácil, accesible y rápida a los deudores, ya sean empresas o personas, porque el objetivo principal en general de esta ley, es rehabilitar y que las empresas, y sobre todo las pymes no mueran, y vuelvan a ser una fuente de trabajo y a surgir como lo intentan hacer los emprendedores”, señala la coordinadora regional.

Las dudas

No obstante, el abogado de Defensadedudores.cl, Ricardo Ibáñez, manifestó ciertas dudas sobre algunos aspectos que hoy – vale aclarar – aún se están legislando en el Congreso y de cierta manera a su juicio, implicarían algunas consecuencias negativas para los deudores. 

Una de ellas dice, es la que establecería una suma de 10 UF “que deberá consignar toda persona que busque acogerse al procedimiento de quiebras. Creemos que eso es indirectamente crear un impuesto a la pobreza”, señala el profesional. 

Ello, porque a juicio de Ibáñez, bajo las actuales circunstancias económicas y sociales que vive el país, con 2 millones de chilenos sin trabajo, esas 10 UF, “pueden significar la compra en el supermercado de dos o tres meses”.

“Por ejemplo, un restorán que se somete a un procedimiento de quiebra con una deuda de 2 mil millones de pesos, paga las mismas 10 UF que paga el garzón de ese restorán que se declara en quiebra con una suma de 20 millones de pesos”, agrega, lo que generaría una disparidad entre ambos. 

Otra modificación que considera lesiva, es que no se permitiría a las personas declararse en quiebra hasta trascurridos 5 años. “Creemos que en Chile nadie se declara en quiebra por deporte. Si nosotros establecemos hoy día de que una persona puede declararse en quiebra cada 5 años, lo que vamos a hacer es cercenar el espíritu emprendedor de los jóvenes de nuestro país, y en ese primer fracaso verán como un imposible volver a emprender, porque tendrán la amenaza que no van a poder realizarlo dentro de los próximos 5 años”, argumentó. 

Finalmente, fustigó la modificación que se haría al Código Penal, a través de la modificación de la ley de quiebras, que establecería una sanción penal para el abogado -con una pena que iría de 541 días a 5 años de presidio, mas la inhabilidad del ejercicio de su profesión- si es que si considera, de acuerdo a un tribunal que ha actuado en consenso con el deudor para ocultar bienes. 

“Nos sorprende que para un abogado que defienda a un narcotraficante, la única sanción sea no poder optar a cargos públicos. Sin embargo para el abogado que defiende a un deudor se exponga a penas de hasta 5 años de cárcel. Eso es errado y fuera de toda lógica”, expresó. 

 

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