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Claudio Urbina (67) fue detenido por asesinar a su expareja Rosa Ester Vilches (59). La justicia lo condenó y no esperó la lectura de la sentencia para quitarse la vida mientras se mantenía encarcelado.

“Yo nunca lo dejé solo, siempre lo fui a visitar e hicimos todo lo que pudimos por él. No te podría decir por qué tomó la decisión que tomó, es algo que todavía estoy procesando”. Con estas palabras, Carolina Urbina, hija de Claudio Rodolfo Urbina Sanhueza (67), expresa que, pese al delito por el cual fue condenado, se mantuvo al cuidado de su progenitor, quien se encontraba en el módulo para Imputados de la cárcel de Huachalalume desde el 26 de abril del 2018. 

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Pero la madrugada del domingo no aguantó más. Según informó el director regional de Gendarmería, Leoncio Hidalgo, el hombre fue encontrado durante la mañana , cuando los funcionarios abrían las celdas, amarrado con un cable a la ventana y con una bolsa en la cabeza. Se había quitado la vida, ahorcándose. “Es lamentable lo que sucedió, pero son cosas que no se pueden predecir. La persona cometió un suicidio, y ahora la Policía de Investigaciones está a cargo de las investigaciones venideras”, sostuvo Hidalgo. 

Con respecto a la estadía de Urbina en prisión, el coronel aseveró que siempre fue tranquila. “Hasta donde tengo entendido, nunca tuvo algún problema con nadie, ni tampoco dio algún indicio de que podía hacer lo que realizó”, enfatizó el alto mando de Gendarmería. 

Aquello fue ratificado por Jokan Garrido, dirigente de los funcionarios de la institución, quien precisó que “esta persona tenía un comportamiento totalmente normal. Lo venía a visitar la hija, y sus abogados. Lo único que supe yo fue lo del domingo en la mañana, cuando un colega lo encontró fallecido”, especificó.

Los hechos

Los 16 meses en los que estuvo en prisión preventiva no fueron gratis. Tras el juicio, Claudio Urbina fue condenado el día miércoles pasado por femicidio en calidad de consumado, pese a que había intentado por todos los medios encontrar alguna atenuante para que no cayera sobre él todo el peso de la ley. 

Según se consigna en el veredicto condenatorio, y en un hecho que conmocionó a la opinión pública regional, a fines de abril del año pasado, el femicida llegó hasta la casa que había compartido con su esposa Rosa Ester Vilches Navarro (59), y cuando estuvieron en la cocina la golpeó, valiéndose de utensilios como ollas o sartenes. Luego, tomó un cuchillo y le propinó varias estocadas a la mujer indefensa hiriéndola de gravedad. No contento con ello, la estranguló y la pateó mientras Rosa Ester Vilches ya se encontraba inconsciente en el suelo. 

Atenuantes que no prosperaron

El sujeto junto a su defensa intentaron presentar atenuantes en distintos momentos del juicio, pero los jueces la desestimaron de manera unánime. Primero alegó legítima defensa, lo cual resultó “ilógico” para el tribunal ya que la víctima presentaba heridas de defensa en diversas partes de su cuerpo, y, además, la alevosía era evidente. 

También intentó hacer creer que actuó por impulso u obcecación, lo cual no fue acogido, ya que el individuo tuvo demasiado tiempo para detenerse en su brutal ataque. 

Ningún resquicio jurídico le sirvió, y la única salida sería la cárcel efectiva, algo que al parecer, no estaba dispuesto a cumplir. 

Fue así como se preparó el sábado por la noche, para, la madrugada del domingo cuando todos dormían, quitarse la vida, sin escuchar su sentencia, la cual le sería leída ayer lunes en el Tribunal Oral de La Serena. 

Responsabilidad penal extinta

Una vez fallecido, el sujeto quedó extinto de su responsabilidad penal, así lo informó la jueza Carolina Turner, del Tribunal Oral de La Serena.

“Nuestro código penal contempla en su artículo 93 que la responsabilidad penal de una persona se extingue por su fallecimiento (…) Para adoptar las medidas competentes, cuando se extingue de esa manera, se dicta un sobreseimiento definitivo. Debemos esperar los procedimientos legales, cuales son la expedición del respectivo certificado de defunción. Sin embargo la situación ha motivado que se dicte una resolución para dejar sin efecto la lectura de sentencia, que es lo procedente, aun cuando ya se haya establecido la responsabilidad penal mediante el veredicto condenatorio, que se dio a conocer el miércoles recién pasado”, expresó la magistrado. 

 

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